Senador Bautista propone ley para reducir aranceles de EE.UU. a 10%
Senador Félix Bautista propone ley para prohibir importaciones con trabajo forzoso y acceder al arancel del 10% en EE.UU., como México y otros socios comerciales.
Miguel Ángel Pérez
Editor de Economía

El senador Félix Bautista presentó al Senado de la República Dominicana un proyecto de ley que busca establecer un marco legal para prohibir la importación de mercancías producidas mediante trabajo forzoso, con el objetivo de que el país pueda acceder a la tasa arancelaria reducida del 10 % en sus exportaciones a Estados Unidos, al nivel de otros socios comerciales como México, El Salvador, Guatemala, Honduras y Malasia.
La iniciativa responde a un arancel adicional del 12.5 % impuesto por la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR) bajo la Sección 301 de la Ley de Comercio de 1974, que afecta actualmente a las exportaciones dominicanas. Mientras países como México pagan un 10 %, la República Dominicana enfrenta un diferencial del 2.5 % que, según el legislador, pone en desventaja competitiva a sectores clave como el de zonas francas.
En el sector de zonas francas, 40 empresas productoras de dispositivos médicos y farmacéuticos exportaron el 72.2 % de su producción a Estados Unidos en 2025, y actualmente deben pagar el arancel más alto. Bautista advirtió que esta diferencia incentiva la migración de estas empresas a México u otros países con carga arancelaria menor, afectando la generación de divisas y el empleo nacional.
"El diferencial de 2.5 puntos porcentuales que hoy paga la República Dominicana frente a países como El Salvador, Guatemala, Honduras, México y Malasia no es un castigo permanente: es una condición que se revierte con la aprobación de un instrumento legal claro", declaró el senador. Agregó que, de aprobarse la ley, el país estaría en condiciones de solicitar a Estados Unidos la eliminación del recargo mediante negociaciones diplomáticas.
El proyecto de Ley de Prevención y Prohibición de Importación de Mercancías Producidas Mediante Trabajo Forzoso incluye disposiciones clave: prohíbe la importación de bienes producidos total o parcialmente mediante trabajo forzoso; establece la trazabilidad de las cadenas de suministro de exportación; designa a la Dirección General de Aduanas como autoridad competente para tramitar prohibiciones; y requiere al Ministerio de Trabajo como entidad técnica para evaluar la existencia de trabajo forzoso. Además, establece un plazo máximo de 90 días hábiles (hasta 100 con prórrogas) para el procedimiento administrativo y exige una declaración jurada del importador en la Declaración Única Aduanera (DUA).
Bautista señaló que, aunque el Decreto núm. 502-26 del 23 de julio de 2026 estableció un procedimiento administrativo transitorio, no cumple con el estándar de "adopción y aplicación eficaz" requerido por la USTR. Países como El Salvador, Guatemala, Honduras y México lograron la reducción arancelaria mediante leyes o marcos jurídicos vinculantes, mientras que Malasia lo hizo tras auditorías independientes y reformas en sus estándares laborales.
El legislador anunció que dará seguimiento al proyecto en las comisiones del Senado y la Cámara de Diputados, y sostendrá reuniones con sectores exportadores, autoridades de zonas francas y entidades del Poder Ejecutivo, incluyendo la Dirección General de Aduanas, los Ministerios de Trabajo, Industria, Comercio y MiPymes, y Relaciones Exteriores, para acelerar su aprobación y permitir que el país acceda cuanto antes a la tasa del 10 %.
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Miguel Ángel Pérez
Editor de Economía
Economista y periodista financiero. Ex analista del Banco Central de la República Dominicana. Especialista en mercados y finanzas internacionales.
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