Economía

Nuevo Código Penal dominicano establece responsabilidad penal de empresas por delitos de empleados

El nuevo Código Penal dominicano establece responsabilidad penal de empresas por delitos de empleados, con multas de hasta 1,500 salarios mínimos y obligación de programas de vigilancia interna.

Miguel Ángel Pérez

Miguel Ángel Pérez

Editor de Economía

sábado, 22 de agosto de 20263 min de lectura
Nuevo Código Penal dominicano establece responsabilidad penal de empresas por delitos de empleados
Nuevo Código Penal dominicano establece responsabilidad penal de empresas por delitos de empleados

El nuevo Código Penal dominicano introduce un cambio trascendental al establecer por primera vez la responsabilidad penal de las personas jurídicas, obligando a las empresas a implementar estrictos programas de vigilancia interna para evitar sanciones por delitos cometidos por su personal.

Durante una entrevista exclusiva para el periódico El Día, el abogado especialista en derecho corporativo Eduardo Tavárez Guerrero explicó que la legislación elimina el concepto dogmático de 'delincuente' para las organizaciones, sustituyéndolo por el término 'infractor', como parte de un moderno modelo de justicia que busca transformar la cultura operativa nacional.

Tavárez Guerrero detalló que las corporaciones tuvieron un plazo de gracia que culminará el próximo 5 de noviembre, tras el cual todas las organizaciones, sin importar su tamaño o volumen de facturación, tendrán la obligación de estar al día con sus programas de cumplimiento normativo para evitar responder patrimonialmente por omisiones o ilícitos de sus colaboradores.

Sobre el régimen de sanciones, el experto desglosó las consecuencias económicas: las empresas que falten a sus deberes de vigilancia interna y auditorías de riesgo enfrentarán multas que van desde 100 hasta 1,500 salarios mínimos, además de posibles inhabilitaciones estatales. En casos de extrema gravedad, la legislación contempla el cese total de operaciones comerciales, lo que el jurista denominó 'muerte corporativa', un hito sin precedentes en el derecho empresarial dominicano.

Para mitigar estas sanciones, la normativa establece que las empresas pueden obtener atenuación de la pena si demuestran ante los tribunales la existencia de canales éticos anónimos y protocolos de denuncia frente a fraudes, extorsiones u otros ilícitos internos. Asimismo, los directivos podrán eximirse de responsabilidad si prueban que, al descubrir una irregularidad, despidieron y presentaron una querella contra el empleado involucrado.

La ley se fundamenta en el principio de autorregulación y buena fe, obligando a los dueños de empresas a demostrar judicialmente que 'hicieron lo adecuado' para prevenir conductas ilícitas en sus operaciones diarias. Estas reglas aplican tanto a grandes corporaciones multinacionales como a pequeños emprendimientos y negocios familiares, representando, según Tavárez Guerrero, 'una carga económica más' que obligará a reestructurar la administración en todo el territorio nacional.

En el caso de micro y pequeñas empresas, donde suele faltar personal especializado, la ley establece que el propio gerente asumirá la función de oficial de cumplimiento normativo. Sin embargo, esta concentración de responsabilidades genera un riesgo si el gerente actúa de forma fraudulenta, escenario que la normativa también prevé para proteger el patrimonio empresarial.

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Miguel Ángel Pérez
Sobre el autor

Miguel Ángel Pérez

Editor de Economía

Economista y periodista financiero. Ex analista del Banco Central de la República Dominicana. Especialista en mercados y finanzas internacionales.

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