Salud

CMD advierte que nuevo Código Penal podría inducir medicina defensiva

El CMD advierte que el nuevo Código Penal podría inducir medicina defensiva al no distinguir entre resultado adverso y negligencia médica.

Ana María Guzmán

Ana María Guzmán

Editora de Salud

jueves, 17 de septiembre de 20263 min de lectura
CMD advierte que nuevo Código Penal podría inducir medicina defensiva
CMD advierte que nuevo Código Penal podría inducir medicina defensiva

El Colegio Médico Dominicano (CMD) advirtió que varias disposiciones del nuevo Código Penal podrían llevar a los médicos a ejercer una medicina defensiva, ante el temor de que un resultado adverso en el tratamiento derive en consecuencias penales.

Luis Peña Núñez, presidente del CMD, sostuvo que el ejercicio de la medicina no puede partir de la premisa de que el profesional está obligado a garantizar la vida o el resultado de un tratamiento, y enfatizó que "el médico no puede garantizar la vida".

Según Peña Núñez, un paciente puede presentar complicaciones incluso cuando el médico actúa conforme a los procedimientos establecidos, por lo que consideró necesario diferenciar entre un resultado adverso y una conducta que realmente constituya una falta penal.

"Si tú no distingues lo que es una culpa grave de lo que es una situación adversa, entonces tú vas a producir medicina defensiva", declaró durante una entrevista en el programa "Esto No Tiene Nombre".

El dirigente gremial explicó que el temor a una consecuencia penal puede modificar las decisiones clínicas, llevando a los profesionales a ordenar estudios o procedimientos innecesarios solo para protegerse jurídicamente.

"Porque el médico va a decir, bueno, yo voy a hacerle todos los estudios, yo voy a hacerle todo lo que tenga que hacer para yo cubrirme", explicó Peña Núñez, advirtiendo que este comportamiento no mejora la atención, sino que encarece el sistema de salud.

Destacó que la medicina no es una ciencia exacta, ya que existen factores propios de cada paciente que pueden modificar la evolución de una enfermedad o procedimiento, y cuestionó que una complicación médica sea interpretada automáticamente como responsabilidad penal.

"Una cosa es que tú cometas una negligencia y otra cosa es que tú tengas un resultado adverso", reiteró, aclarando que el CMD no busca impunidad, sino una legislación que reconozca las particularidades del acto médico y establezca reglas claras para determinar cuándo una actuación puede generar responsabilidad penal.

El CMD mantiene una acción directa de inconstitucionalidad contra disposiciones de la Ley 74-25, registrada ante el Tribunal Constitucional con el expediente TC-01-2026-0042, presentada contra los artículos 8, 12 y el numeral 1 del artículo 354, además de los artículos 9 y 104.

Según el gremio, el objetivo es que la legislación establezca una diferenciación adecuada entre una complicación médica, un resultado adverso, un error clínico y una conducta negligente o delictiva.

Peña Núñez advirtió que el problema no solo afecta la seguridad jurídica de los médicos, sino que también puede repercutir en los pacientes si los profesionales toman decisiones clínicas condicionados por el temor a enfrentar un proceso penal.

"Antes de resolverle a un paciente, el médico tiene que pensar primero en no caer preso", había advertido previamente al explicar el concepto de medicina defensiva.

El dirigente médico insistió en que el CMD está dispuesto a discutir las disposiciones cuestionadas, pero reclama que cualquier modificación tome en cuenta la naturaleza del ejercicio médico y el derecho de los pacientes a recibir atención adecuada.

La Ley 74-25, que establece el nuevo Código Penal, fue posteriormente publicada en una versión consolidada con las modificaciones incorporadas por la Ley 44-26.

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Ana María Guzmán
Sobre el autor

Ana María Guzmán

Editora de Salud

Periodista especializada en salud pública y bienestar. Colaboradora de organizaciones de salud en el Caribe. Máster en Comunicación Científica.