ADP y el horario escolar: ¿Quién tiene la autoridad para modificarlo?
La ADP redujo el horario escolar como medida de presión, pero la normativa establece que solo el Consejo Nacional de Educación tiene autoridad para modificarlo oficialmente.
Carmen Rodríguez
Editora en Jefe

La Asociación Dominicana de Profesores (ADP) decidió reducir el horario de clases en algunos centros educativos como medida de presión ante las condiciones operativas de ciertas escuelas, lo que ha generado un debate sobre la competencia legal del gremio para modificar el horario escolar establecido oficialmente.
Según la normativa educativa dominicana, el Calendario y horario escolar son disposiciones que deben ser fijadas por las autoridades del sistema educativo, específicamente por el Consejo Nacional de Educación (CNE). El artículo 138 de la Ley General de Educación 66-97 establece entre los deberes de los docentes el cumplimiento del calendario y horario escolar establecidos por dicho órgano.
Esta disposición se refuerza en el Reglamento del Estatuto del Docente (Decreto 639-03), donde se indica que los docentes deben asistir de manera regular y puntual y cumplir con el horario escolar oficial. Asimismo, el Reglamento Orgánico de las Instituciones Educativas Públicas (Ordenanza 04-99) establece que el desarrollo del año escolar está sujeto al calendario anual aprobado por el CNE.
Para el año escolar 2026-2027, el Consejo Nacional de Educación aprobó el calendario correspondiente, definiendo las jornadas y tiempos mínimos de docencia que deben garantizarse. La normativa enfatiza que estas horas son esenciales para el proceso de enseñanza y aprendizaje, y su cumplimiento es obligatorio.
En el caso de la Jornada Escolar Extendida, existe una política específica orientada a ampliar el tiempo de permanencia de los estudiantes para fortalecer los aprendizajes. Sin embargo, la normativa también contempla mecanismos institucionales para solicitar modificaciones de fechas u horarios cuando existan circunstancias justificadamente se requiera, siempre que se garantice la recuperación de las horas mínimas de docencia no impartidas.
El Ministerio de Educación ha señalado que cualquier cambio en el horario escolar debe canalizarse por las vías institucionales correspondientes y que los tiempos perdidos deben ser recuperados. Por lo tanto, la discusión no gira en torno a si el horario puede modificarse, sino quién tiene la autoridad para disponer ese cambio y bajo qué procedimiento.
La ADP, como gremio representante de los docentes, tiene derecho a plantear reclamos laborales, defender las condiciones de trabajo y utilizar mecanismos de presión dentro del marco de sus derechos. Sin embargo, las disposiciones revisadas no atribuyen expresamente a la ADP la facultad de establecer o modificar unilateralmente el horario escolar oficial.
Esto no niega el derecho del gremio a protestar o adoptar medidas de presión, pero plantea una cuestión jurídica: ¿puede una organización sindical, por decisión propia, alterar un horario establecido por las autoridades educativas? Según la normativa consultada, la facultad de establecer el calendario y horario escolar corresponde al Consejo Nacional de Educación, mientras que los docentes tienen el deber de cumplir con esas disposiciones.
La ADP ha justificado la reducción de la jornada como una respuesta a las dificultades que presentan algunos planteles. Según informaciones del gremio, los centros de Jornada Escolar Extendida estarían operando hasta las 3:00 p.m., mientras que aquellos sin servicio de almuerzo finalizarían al mediodía.
La controversia trasciende el reclamo laboral y plantea una pregunta institucional: si el horario escolar es establecido por el CNE, ¿puede ser modificado unilateralmente por el gremio o debe ajustarse mediante los mecanismos previstos por el sistema educativo? La normativa apunta a que dicha competencia corresponde exclusivamente a las autoridades educativas y no identifica a la ADP como órgano competente para modificar el horario de forma unilateral.
Etiquetas
Compartir artículo
Carmen Rodríguez
Editora en Jefe
Periodista con más de 15 años de experiencia en medios dominicanos. Especializada en política y asuntos gubernamentales. Graduada de la Universidad Autónoma de Santo Domingo.
Te puede interesar
Más noticias de Educación
ADP denuncia presentación parcial de resultados en evaluación docente y afirma que 95% de maestros aprobó
La ADP denunció que se presentaron solo resultados parciales de la evaluación docente y afirmó que el 95% de los maestros aprobó el proceso, pese a que solo se mostró la quinta etapa.

Padre Stephan denuncia falta de prevención y pide fortalecer seguridad en escuelas de Villa Juana
El padre Ronny Ernesto Stephan criticó la falta de prevención en la lucha contra la delincuencia y pidió reforzar la seguridad escolar, tras el retiro de policías escolares en Villa Juana.

La Corte Suprema de EE.UU. revisará caso de discriminación escolar por origen étnico
La Corte Suprema de EE.UU. revisará un caso de presunta discriminación escolar por origen étnico, tras avalar en 2024 una política de admisión pese a denuncias de sesgo.

Ministerio de Educación confirma bajas calificaciones en evaluación docente 2025-2026
MINERD confirma que 75.1% de docentes obtuvo calificaciones insuficientes o regulares en evaluación 2025-2026, pese a críticas de la ADP sobre manipulación y presentación incompleta de resultados.