Educación

Universidades no pueden exigir materias agregadas después del pénsum, confirma Mescyt

El Mescyt confirma que las universidades no pueden exigir materias agregadas después del pénsum, reafirmando el derecho de los estudiantes a graduarse con el plan de estudios vigente al momento de su inscripción.

José Luis Cabrera

José Luis Cabrera

Corresponsal Internacional

martes, 21 de julio de 20263 min de lectura

El Ministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (Mescyt) aclaró que las universidades no pueden exigir a los estudiantes cursar asignaturas incorporadas posteriormente a su plan de estudios si estas no formaban parte del pénsum al momento de su inscripción.

Israel Contreras, director de Currículo del Mescyt, explicó que cada estudiante tiene derecho a concluir su carrera con el plan de estudios vigente al momento de su ingreso, por lo que una materia añadida después no puede convertirse en requisito obligatorio para la graduación.

La aclaración surge tras una denuncia de una estudiante que asegura que su universidad le exige cursar la asignatura de Educación Constitucional, pese a que esta no estaba incluida en su pénsum cuando ingresó en 2019. Según la denunciante, la materia fue incorporada cuatro años después de iniciar sus estudios, lo que ella interpreta como una exigencia injusta que le genera tiempo y costo adicionales.

Contreras enfatizó que el principio de no retroactividad en los planes de estudio es fundamental y está respaldado por la resolución que creó la asignatura. "El estudiante termina con el plan de estudio con el que comenzó", afirmó el funcionario al ser consultado por el periódico El Día.

La asignatura de Educación Constitucional fue creada mediante la Resolución Núm. 19-23 del Consejo Nacional de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (Conescyt), emitida el 27 de julio de 2023, a solicitud del Tribunal Constitucional, para cumplir con el mandato constitucional de enseñar la Carta Magna en la educación superior.

Sin embargo, el Mescyt precisó que dicha disposición solo aplica para los estudiantes que ingresan con los nuevos planes de estudio aprobados tras la resolución. Para quienes ya estaban matriculados antes de su aprobación, la asignatura no es obligatoria.

Según una comunicación oficial del Mescyt fechada el 20 de noviembre de 2023, las universidades pueden ofrecer la Educación Constitucional a estudiantes de planes anteriores únicamente mediante un acuerdo voluntario entre la institución y el estudiante, sin que ello represente una exigencia académica ni afecte la legalización del título.

Israel Contreras rechazó que la falta de esta materia pueda impedir la homologación de un título universitario: "No es obligatorio. Cuando llegue aquí al Ministerio no podemos decir que no le vamos a legalizar el título porque no cursó esa asignatura". Agregó que cualquier interpretación en ese sentido responde a una confusión.

El Ministerio reiteró que respeta el principio de no retroactividad y recordó que la propia resolución que creó la asignatura establece expresamente que su aplicación no afecta a los estudiantes inscritos bajo pénsumes anteriores.

La estudiante afectada indicó que ha agotado los procedimientos internos de su universidad, pero las autoridades académicas persisten en considerar la materia como obligatoria, lo que ella considera una carga injusta que implica un gasto adicional por tutorías y una pérdida de tiempo en su proceso de graduación.

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José Luis Cabrera
Sobre el autor

José Luis Cabrera

Corresponsal Internacional

Periodista con experiencia en coberturas internacionales. Ex corresponsal en Washington D.C. y Nueva York para medios latinoamericanos.

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