Política

Tribunal Constitucional devuelve caso contra reglamento de encuestas al TSE por vía incorrecta

El TC devolvió al TSE un caso contra el reglamento de encuestas por considerar que llegó mediante un procedimiento incorrecto, sin entrar a decidir sobre su constitucionalidad.

Carmen Rodríguez

Carmen Rodríguez

Editora en Jefe

viernes, 4 de septiembre de 20262 min de lectura
Tribunal Constitucional devuelve caso contra reglamento de encuestas al TSE por vía incorrecta
Tribunal Constitucional devuelve caso contra reglamento de encuestas al TSE por vía incorrecta

El Tribunal Constitucional de la República Dominicana devolvió al Tribunal Superior Electoral (TSE) un recurso contencioso en nulidad presentado por Justicia Sin Fronteras, Inc. contra el artículo 13 de la Resolución 14-2026 de la Junta Central Electoral (JCE), que regula el registro de empresas encuestadoras y la publicación de encuestas electorales.

La decisión, contenida en la sentencia TC/0852/26 emitida el 4 de septiembre de 2026, se centra en el procedimiento mediante el cual el caso llegó al alto tribunal, y no en el fondo de la controversia sobre la constitucionalidad del reglamento de encuestas.

Según el fallo, el TSE había declarado su incompetencia y remitido el expediente al Tribunal Constitucional, considerando que la solicitud de anular el artículo 13 implicaba una revisión de constitucionalidad. Sin embargo, el TC estableció que ningún órgano jurisdiccional puede apoderar directamente al Tribunal Constitucional mediante una declinatoria de competencia.

El Tribunal Constitucional aclaró que, para que una norma sea sometida a revisión de constitucionalidad, debe iniciarse un proceso directo ante esa corte, y no mediante el envío de un expediente desde otra jurisdicción tras una declaratoria de incompetencia. Por tanto, consideró que el TSE no pudo convertir el recurso en una acción directa de inconstitucionalidad por su cuenta.

La sentencia no abordó el fondo del asunto: no se pronunció sobre si el reglamento de encuestas de la JCE es constitucional, ni si las restricciones para publicar encuestas fuera del período permitido son válidas o deben eliminarse. Tampoco se decidió sobre la petición de Justicia Sin Fronteras de suspender temporalmente los efectos del artículo 13 y paralizar los procedimientos sancionadores relacionados.

Estas cuestiones deberán ser resueltas por el TSE, ya que el Tribunal Constitucional ordenó devolver el expediente para que se continúe el proceso según la vía correspondiente. La petición de medidas cautelares también deberá ser conocida por el tribunal electoral, al estar vinculada directamente al fondo del caso.

Con esta resolución, el TC no favorece ni a la JCE ni a Justicia Sin Fronteras en el debate sobre el reglamento, sino que corrige un error de procedimiento. La sentencia fue aprobada por mayoría de los magistrados del Tribunal Constitucional y deja abierta la posibilidad de que el caso se reanude ante el TSE con la tramitación adecuada.

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Carmen Rodríguez
Sobre el autor

Carmen Rodríguez

Editora en Jefe

Periodista con más de 15 años de experiencia en medios dominicanos. Especializada en política y asuntos gubernamentales. Graduada de la Universidad Autónoma de Santo Domingo.