Política

Senado rechaza eliminar prisión por difamación y aprobar las tres causales del aborto

El Senado dominicano rechazó eliminar la cárcel por difamación simple y aprobar las tres causales del aborto, con 24 votos en contra y solo tres a favor.

Carmen Rodríguez

Carmen Rodríguez

Editora en Jefe

miércoles, 22 de julio de 20263 min de lectura

El Senado de la República Dominicana rechazó las modificaciones propuestas por el senador Antonio Taveras al proyecto de reforma de la Ley 74-25, que buscaban eliminar la pena de prisión por difamación simple e incorporar las tres causales para la interrupción del embarazo como causas eximentes de responsabilidad penal.

La propuesta fue derrotada con 24 votos en contra y solo tres a favor durante la sesión en la que se conocieron las modificaciones al Código Penal. Taveras, quien encabezó la iniciativa, argumentó que la difamación simple debería ser sancionada con multas de tres a ocho salarios mínimos del sector público y reparación civil, en lugar de penas privativas de libertad.

Según el senador, la difamación simple se define como la imputación pública de un hecho preciso, concreto y falso que afecte el honor, el buen nombre, la imagen, la dignidad o la integridad familiar de una persona física o jurídica, y podría aplicable. Esta conducta abarcaría publicaciones en medios escritos, audiovisuales, radiales, televisivos, plataformas digitales, transmisiones en línea o cualquier espacio de internet.

Taveras explicó que la reparación civil consiste en ordenar al responsable el pago de una indemnización económica a quien sufrió el daño, y sostuvo que la tendencia internacional es resolver estos casos mediante sanciones económicas y no con cárcel. "En el mundo de hoy la tendencia es la reparación civil en los casos de difamación y no la cárcel", expresó el legislador.

Además, propuso separar la difamación simple de la difamación agravada y la extorsión, considerando que son conductas distintas. Para la difamación agravada solicitó una pena de entre 15 días y un año de prisión, mientras que la simple quedaría sancionada únicamente con multa y reparación civil.

En cuanto al aborto, Taveras retomó la propuesta de incluir las tres causales: cuando la vida o la salud de la mujer, adolescente o niña esté en peligro; cuando el feto presente una condición incompatible con la vida; y cuando el embarazo sea consecuencia de una violación sexual, agresión o incesto. Consideró que su exclusión representa una deuda con las mujeres dominicanas.

Su propuesta también establecía que la mujer embarazada tuviera derecho a recibir información clara, suficiente, oportuna, científica, comprensible y libre de coacción antes de tomar una disposición, y que el Ministerio de Salud Pública, en coordinación con el Ministerio de la Mujer, elaborara los protocolos necesarios para garantizar atención integral en esos casos.

Entre las modificaciones defendidas también figuraron disposiciones relacionadas con la violencia vicaria y el aborto forzado. Al finalizar su intervención, pidió a los senadores considerar el alcance de las propuestas para la libertad de expresión, los derechos de las mujeres y la protección de la dignidad de las personas.

La moción fue sometida a votación por la presidencia del Senado y rechazada con tres votos favorables y 24 en contra, manteniendo así el vigente marco legal que sanciona la difamación con prisión y no incluye las tres causales del aborto como causales eximentes de responsabilidad penal.

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Carmen Rodríguez
Sobre el autor

Carmen Rodríguez

Editora en Jefe

Periodista con más de 15 años de experiencia en medios dominicanos. Especializada en política y asuntos gubernamentales. Graduada de la Universidad Autónoma de Santo Domingo.

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