¿Qué es un 'perfil de riesgo' y por qué Migración lo usa para negar entrada a extranjeros?
Migración negó entrada a 116 extranjeros en julio; 28 fueron clasificados como 'perfil de riesgo' por posibles vínculos con delitos graves, aunque la ley no define expresamente este término.
Isabella Santos
Corresponsal de Deportes
La Dirección General de Migración (DGM) de República Dominicana negó la entrada a 116 extranjeros durante el mes de julio, de los cuales 28 fueron clasificados bajo la categoría de 'perfil de riesgo para la seguridad nacional', según datos oficiales divulgados por la institución. Esta cifra forma parte de un sistema de control migratorio basado en inteligencia que evalúa antecedentes, alertas y patrones de comportamiento para determinar la inadmisión de viajeros.
El concepto de 'perfil de riesgo' no está definido como una causa autónoma de inadmisión en la Ley General de Migración 285-04, sino que constituye una herramienta interna utilizada por la DGM para identificar a personas que, tras verificaciones de antecedentes, alertas internacionales o análisis de datos, podrían encajar dentro de los impedimentos legales establecidos por la norma.
La Ley 285-04 establece en su artículo 15 los motivos explícitos para denegar la entrada, entre los que se incluyen: estar cumpliendo condena o ser procesado por delitos considerados criminales en el país; tener antecedentes penales cuya naturaleza revele peligrosidad incompatible con la incorporación a la sociedad dominicana; pertenecer a organizaciones terroristas; o haber sido previamente deportado, expulsado o tener prohibición expresa de ingreso.
En el caso de antecedentes penales, la ley exige una valoración individualizada, considerando factores como la naturaleza del delito, la pena impuesta, la reincidencia y si la sanción está extinguida. Por lo tanto, la mera existencia de un antecedente no implica automáticamente la inadmisión.
Según informaciones proporcionadas por la DGM en junio, entre las causas recurrentes detectadas por sus sistemas de alerta figuran antecedentes vinculados a delitos sexuales, lavado de activos, trata de personas, narcotráfico y crimen organizado. El personal de Inteligencia y Control Migratorio ha recibido entrenamiento en evaluación avanzada de riesgos, utilizando análisis de datos, inteligencia artificial y técnicas de perfilamiento para detectar amenazas, documentos alterados y movimientos sospechosos.
La estructura de Inteligencia Migratoria incluye áreas de análisis, investigación, depuración y monitoreo, y mantiene enlaces operativos con instituciones como la Dirección Nacional de Investigaciones (DNI), la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) e Interpol. En 2025, el Centro de Monitoreo y Perfilaje reportó la revisión de 1,034 pasajeros con 'perfil sospechoso', más de 21,000 consultas de movimientos migratorios y cerca de 34,000 registros utilizados en investigaciones.
El artículo 120 de la Ley 285-04 establece cuatro situaciones que justifican la no admisión: falta de documentos exigidos, porte de documentación falsa o adulterada, encontrarse dentro de alguno de los impedimentos previstos por la ley, o intentar evadir el control migratorio. Cuando un análisis de inteligencia determina que un viajero presenta una alerta o antecedente que encaja dentro de estos supuestos, la DGM cuenta con respaldo legal para denegar su ingreso.
Sin embargo, el informe correspondiente a julio no especifica qué hallazgos concretos llevaron a clasificar a los 28 viajeros como 'perfil de riesgo'. Migración no detalló si esos casos involucraban antecedentes por narcotráfico, vínculos con crimen organizado, alertas internacionales, investigaciones abiertas u otras condiciones específicas. Tampoco se puede afirmar que esos 28 pertenecieran a las nacionalidades más representadas entre los inadmitidos, como mexicanos o estadounidenses, ya que esas cifras corresponden al total rechazado por nacionalidad y no necesariamente coinciden con los clasificados por riesgo de seguridad.
Esta distinción es clave: ser de una determinada nacionalidad no implica automáticamente un perfil de riesgo, así como tener un visado dominicano no garantiza el ingreso, ya que, según el artículo 18 de la ley, la visa solo otorga vocación para ser admitido, no admisión incondicional. La decisión final depende de la evaluación migratoria en el punto de entrada, basada en la normativa y los resultados del análisis de inteligencia.
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Isabella Santos
Corresponsal de Deportes
Apasionada del deporte dominicano. Cubre béisbol de Grandes Ligas, baloncesto y eventos deportivos nacionales. Comunicadora social de PUCMM.
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