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Poder Judicial actualiza su sistema salarial y excluye al presidente de la SCJ de los beneficios

El Poder Judicial actualiza su sistema salarial con un aumento del 30% en dos etapas, pero excluye al presidente de la SCJ por su decisión de no recibir beneficios generales.

Roberto Martínez

Roberto Martínez

Editor de Tecnología

martes, 4 de agosto de 20263 min de lectura
Poder Judicial actualiza su sistema salarial y excluye al presidente de la SCJ de los beneficios
Poder Judicial actualiza su sistema salarial y excluye al presidente de la SCJ de los beneficios

El Consejo del Poder Judicial (CPJ) aprobó la actualización del Manual de Compensación y Beneficios, con el objetivo de fortalecer el sistema de remuneración y adecuarlo a la evolución de las funciones judiciales y administrativas en la República Dominicana.

La medida revisa la estructura salarial vigente desde 2022, considerando el impacto del costo de vida y la evolución de las responsabilidades de jueces, juezas y servidores judiciales. La actualización garantiza que ningún juez, jueza o servidor judicial verá reducido su salario, será ubicado en una categoría inferior ni perderá derechos adquiridos como resultado de esta reforma.

Una disposición destacada establece que el presidente de la Suprema Corte de Justicia y del Consejo del Poder Judicial no será beneficiario de las condiciones remunerativas aprobadas, debido a su decisión previa de no acogerse a beneficios económicos de aplicación general durante el ejercicio de sus funciones.

Como parte de la actualización, se aplicará una indexación salarial acumulada del 30%, dividida en dos etapas: un 20% a partir de julio de 2026 y un 10% adicional en enero de 2027, calculados sobre la referencia salarial correspondiente al año 2026.

Además, se adecua la compensación de oficinistas, secretarios y secretarias de tribunales, así como de abogados y abogadas ayudantes de Primera Instancia y de Corte de Apelación, atendiendo a la complejidad, responsabilidad y especialización de sus funciones. Para los oficinistas, se establece una clasificación diferenciada según el nivel de instancia, reconociendo la relevancia de los secretarios en la organización de despachos, gestión de audiencias y seguimiento de trámites judiciales.

El manual también dispone la evaluación, en un plazo de 60 días, de las funciones de los abogados y abogadas ayudantes adscritos a las secretarías comunes, con el fin de determinar los casos que pudieran requerir una adecuación de categoría.

Se simplifican las categorías Directivo I, Directivo II y Directivo III, estableciendo un salario único para cada una, equivalente al mínimo actualizado de la escala correspondiente, con el propósito de fortalecer la uniformidad, transparencia y proporcionalidad de la estructura salarial.

Como parte del ordenamiento integral, se regula el tratamiento retributivo temporal aplicable a los jueces y juezas electos como consejeros del Consejo del Poder Judicial, dando continuidad a la revisión iniciada mediante el Acta núm. 010-2021. Esta medida responde al principio de jerarquía salarial previsto en la Ley núm. 105-13 sobre Regulación Salarial del Estado dominicano y busca mantener una relación coherente entre las categorías directivas y las responsabilidades de gobierno, administración y disciplina asumidas por los miembros del Consejo. Se aclara que no constituye un ascenso, no modifica la Carrera Judicial y se aplica exclusivamente durante el ejercicio de la función de consejero.

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Roberto Martínez
Sobre el autor

Roberto Martínez

Editor de Tecnología

Ingeniero en sistemas y periodista tecnológico. Fundador de varios blogs de tecnología. Analiza las tendencias digitales que impactan a la República Dominicana.