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Juez pospone decisión sobre calificación jurídica en caso Jet Set para el 16 de octubre

El juez Franny González pospone hasta el 16 de octubre la decisión sobre si el caso Jet Set se califica como homicidio voluntario o involuntario, tras debate entre Ministerio Público y abogados de las víctimas.

Miguel Ángel Pérez

Miguel Ángel Pérez

Editor de Economía

viernes, 9 de octubre de 20262 min de lectura

El juez Franny González, de la Cuarta Sala Penal del Distrito Nacional, decidió recesar la audiencia sobre la calificación jurídica del caso Jet Set hasta el próximo viernes 16 de octubre, fecha en la que deberá determinar si los hechos constituyen homicidio voluntario o involuntario.

La audiencia, realizada en las últimas horas, estuvo marcada por el debate entre las partes involucradas. Mientras el Ministerio Público mantiene su postura de imputar por homicidio involuntario, previsto en el artículo 319 del Código Penal Dominicano, los abogados de las víctimas insisten en que los hechos deben calificarse como homicidio voluntario con dolo eventual.

Juan Hirohito Reyes, abogado representante de los querellantes, argumentó que los imputados, los hermanos Antonio y Maribel Espaillat, tuvieron conocimiento previo de las condiciones estructurales inestables del establecimiento y de las advertencias sobre el riesgo de derrumbe, sin tomar medidas preventivas.

Según Reyes, los elementos presentados incluyen informes periciales, testimonios y mensajes que evidencian filtraciones en el techo, adición de peso no autorizada y la caída de fragmentos el mismo día del colapso, circunstancias que, a su juicio, demuestran una actitud de desprecio temerario frente al peligro.

El abogado explicó la distinción jurídica clave: mientras la culpa consciente implica una negligencia grave, el dolo eventual se configura cuando la persona representa la posibilidad de que ocurra un resultado lesivo y, pese a ello, continúa actuando sin adoptar las medidas necesarias para evitarlo.

Los querellantes sostienen que, dado el supuesto conocimiento de los riesgos por parte de los imputados, la calificación debe ser más grave, lo que podría implicar una pena más severa si se confirma dicha figura jurídica.

La decisión del magistrado no solo definirá la calificación del delito, sino que también podría afectar la competencia del tribunal. Un cambio hacia homicidio voluntario o dolo eventual podría implicar que el caso sea trasladado de la Cuarta Sala Penal a un Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, según las reglas de jurisdicción penal.

El Ministerio Público, por su parte, asegura contar con un expediente contundente que respalda su posición de homicidio involuntario, aunque no detalló públicamente los elementos específicos en respaldo de dicha postura durante la audiencia.

Con el receso dispuesto, las partes tendrán tiempo adicional para preparar sus argumentos finales antes de la audiencia decisiva del 16 de octubre, en la que se espera una resolución que sentará precedentes en materia de responsabilidad penal por derrumbes estructurales en espacios públicos.

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Miguel Ángel Pérez
Sobre el autor

Miguel Ángel Pérez

Editor de Economía

Economista y periodista financiero. Ex analista del Banco Central de la República Dominicana. Especialista en mercados y finanzas internacionales.