JCE suspende trámite de recursos contra reglamento de encuestas a la espera del TSE
La JCE suspende el conocimiento de recursos contra el reglamento de encuestas electorales a la espera de una sentencia del TSE que defina su constitucionalidad.
Carmen Rodríguez
Editora en Jefe
La Junta Central Electoral (JCE) decidió sobreseer temporalmente el conocimiento de los recursos de reconsideración presentados contra el reglamento que regula el registro de firmas encuestadoras y la publicación de encuestas electorales, en espera de una sentencia del Tribunal Superior Electoral (TSE). La medida fue adoptada por el Pleno del órgano electoral durante su sesión administrativa ordinaria del 17 de junio.
La resolución implica que la JCE no conocerá, por ahora, las solicitudes de reconsideración ni los recursos administrativos que buscan modificar o revocar el mencionado reglamento, cuyas disposiciones permanecen en espera del pronunciamiento judicial del TSE, ante quien ya fueron radicadas acciones legales relacionadas con la normativa.
Entre los documentos analizados por el Pleno figuran dos solicitudes de reconsideración: una presentada por Dany Alcántara, presidente de ACD Media, quien argumenta que el reglamento vulnera disposiciones constitucionales y excede las facultades otorgadas a la JCE por la Ley 20-23 de Régimen Electoral y la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos; y otra depositada por Francisco Álvarez Valdez, coordinador general de Participación Ciudadana, quien solicitó la revocación del artículo 13 y sus párrafos, al considerar que la prohibición de realizar estudios fuera de los períodos de campaña y precampaña contradice lo establecido en la Ley 20-23.
Además, el Pleno conoció una opinión emitida por la miembro titular de la JCE, Hirayda Marcelle Fernández Guzmán, sobre la constitucionalidad del reglamento relativo al registro de firmas encuestras encuestadoras y la publicación de encuestas electorales, la cual fue considerada en el análisis colectivo antes de tomar la decisión de sobreseer los recursos.
En términos jurídicos, el sobreseimiento implica suspender el conocimiento de un asunto sin resolver su fondo, a la espera de un hecho externo —en este caso, la sentencia del TSE— que pueda influir en el caso. La JCE optó por esta vía procesal para evitar resoluciones contradictorias y respetar la vía judicial ya iniciada.
Mientras persista la espera del fallo del Tribunal Superior Electoral, tanto el trámite de los recursos de reconsideración como la aplicación plena del reglamento permanecerán en pausa, según lo comunicado oficialmente por la secretaría general de la institución, firmada por Sonne Beltré Ramírez.
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Carmen Rodríguez
Editora en Jefe
Periodista con más de 15 años de experiencia en medios dominicanos. Especializada en política y asuntos gubernamentales. Graduada de la Universidad Autónoma de Santo Domingo.
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