Política

JCE suspende temporalmente artículo que prohibía publicar encuestas fuera de campaña

La JCE suspende de forma provisional el artículo que prohibía publicar encuestas electorales fuera de precampaña y campaña, a la espera de una decisión del Tribunal Constitucional.

Carmen Rodríguez

Carmen Rodríguez

Editora en Jefe

viernes, 28 de agosto de 20262 min de lectura
JCE suspende temporalmente artículo que prohibía publicar encuestas fuera de campaña
JCE suspende temporalmente artículo que prohibía publicar encuestas fuera de campaña

La Junta Central Electoral (JCE) suspendió provisionalmente la aplicación del artículo décimo tercero de su reglamento, que prohibía publicar encuestas electorales fuera de los períodos de precampaña y campaña, en espera de una resolución definitiva por parte de la jurisdicción competente jurisdiccional.

La medida, adoptada durante la sesión administrativa ordinaria del 20 de agosto de 2026, contó con tres votos a favor y dos disidentes del Pleno de la JCE. La suspensión responde a una impugnación presentada por la organización Justicia Sin Fronteras, Inc. ante el Tribunal Superior Electoral (TSE), que a su vez se declaró incompetente y remitió el asunto al Tribunal Constitucional, al considerar que corresponde a una acción de control concentrado de constitucionalidad.

El artículo suspendido establecía que "queda prohibida la publicación o difusión, por cualquier medio, de encuestas o sondeos de opinión con fines electorales fuera del plazo legal establecido para el período de precampaña". Asimismo, preveía sanciones para las firmas encuestadoras infractoras, incluyendo suspensión temporal del registro (seis meses a un año) y, en caso de reincidencia, cancelación definitiva.

La JCE aclaró que la suspensión no implica un pronunciamiento sobre la legalidad o constitucionalidad del artículo, sino que es una medida provisional, temporal y excepcional para preservar la seguridad jurídica mientras se resuelve el fondo del asunto. La resolución especifica que la suspensión permanecerá vigente hasta tanto intervenga una decisión judicial que permita su levantamiento, modificación o expulsión.

Asimismo, la JCE confirmó que el resto del reglamento permanece vigente, incluyendo disposiciones sobre el registro y habilitación de firmas encuestadoras, requisitos para su operación, reglas para encuestas vinculadas a precandidaturas y candidaturas, y la regulación de encuestas a boca deurna o exit poll.

La suspensión también afecta a procedimientos sancionadores ya iniciados contra ACD Media, S.R.L. y Centro Económico del Cibao, S.R.L., por presunta difusión de encuestas fuera del período permitido. La JCE ordenó la suspensión provisional de estos procesos, sin que ello implique su archivo definitivo, ya que su resolución final dependerá del resultado del litigio sobre la validez del artículo reglamentario.

Los votos disidentes en la sesión fueron emitidos por Hirayda Marcelle Fernández Guzmán y Rafael Armando Vallejo Santelises, quienes cuestionaron la oportunidad y fundamentos de la medida.

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Carmen Rodríguez
Sobre el autor

Carmen Rodríguez

Editora en Jefe

Periodista con más de 15 años de experiencia en medios dominicanos. Especializada en política y asuntos gubernamentales. Graduada de la Universidad Autónoma de Santo Domingo.