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Intrant implementa nuevas modalidades de compensación para conductores mayores de 65 años

Intrant establece compensaciones para conductores mayores de 65 años que recibieron licencias de dos años en lugar de cuatro, permitiendo renovaciones gratuitas o pagos parciales según caso.

José Luis Cabrera

José Luis Cabrera

Corresponsal Internacional

jueves, 15 de octubre de 20262 min de lectura
Intrant implementa nuevas modalidades de compensación para conductores mayores de 65 años
Intrant implementa nuevas modalidades de compensación para conductores mayores de 65 años

El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) anunció la implementación de distintas modalidades de compensación para personas mayores de 65 años que recibieron una licencia de conducir con vigencia de dos años, en lugar de los cuatro años establecidos por ley.

Según informó el director del Intrant, Juan Manuel Méndez García, las medidas se aplicarán en beneficio de los conductores afectados, cumpliendo con las normas establecidas y dentro de los 90 días previos al vencimiento de la licencia.

Modalidades de compensación establecidas

Para personas de 75 años o más que pagaron la tarifa completa para renovar su licencia por cuatro años pero solo obtuvieron dos años de vigencia, podrán renovar por los otros dos años restantes sin costo alguno.

En el caso de quienes pagaron el 50 % de la tarifa correspondiente a los dos años de vigencia, al concluir dicho período recibirán una extensión de dos años adicionales. En esta situación, deberán pagar el 50 % restante de la tarifa, de modo que el total pagado por los cuatro años no supere el costo de una licencia estándar de cuatro años.

Asimismo, se establece que en lugar de una simple extensión, se emitirá una nueva licencia con vigencia de cuatro años contados desde su fecha de emisión, previo al pago de la tarifa completa, independientemente del monto previamente abonado.

Procedimiento y requisitos

La extensión o emisión de la nueva licencia se otorgará únicamente después de que concluya el período inicial de dos años de vigencia, completando así los cuatro años previstos en el artículo 208 de la Ley núm. 63-17 sobre tránsito y transporte terrestre.

En cada caso tramitado, se dejará constancia en el registro correspondiente del Intrant, indicando el supuesto aplicado, el monto verificado pagado y la fecha de la extensión o emisión de la licencia.

El Intrant exhorta a los titulares a acudir a los centros de servicio de la institución con su licencia de conducir y, de ser necesario, presentar el comprobante de pago para realizar el trámite correspondiente. El pago se verificará en el registro del sistema; en caso de que no figure, el comprobante servirá como medio de acreditación.

"Se exhorta a los titulares a acudir a los centros de servicio del Intrant con su licencia y, de ser necesario, presentar el comprobante de pago, para realizar el trámite correspondiente", manifestó el Intrant.

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José Luis Cabrera
Sobre el autor

José Luis Cabrera

Corresponsal Internacional

Periodista con experiencia en coberturas internacionales. Ex corresponsal en Washington D.C. y Nueva York para medios latinoamericanos.

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