Política

Francisco Ortega propone delimitar competencias entre SCJ y TC para evitar conflictos jurisdiccionales

El juez Francisco Ortega propone delimitar competencias entre la SCJ y el TC para evitar que el Tribunal Constitucional se constituya en una 'tercera casación' y promover un diálogo basado en la cooperación y el respeto mutuo.

Carmen Rodríguez

Carmen Rodríguez

Editora en Jefe

lunes, 28 de septiembre de 20263 min de lectura
Francisco Ortega propone delimitar competencias entre SCJ y TC para evitar conflictos jurisdiccionales
Francisco Ortega propone delimitar competencias entre SCJ y TC para evitar conflictos jurisdiccionales

Francisco Ortega, juez de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), planteó la necesidad de delimitar claramente las competencias entre la Suprema Corte y el Tribunal Constitucional (TC) para garantizar el funcionamiento adecuado del Estado constitucional y evitar que uno de los tribunales se subsuma en las funciones del otro.

Durante su participación en el VI Congreso Internacional de Derecho y Justicia Constitucional, organizado por el Tribunal Constitucional, Ortega sostuvo que la clave para preservar la democracia radica en abordar temas como la duración máxima de los procesos judiciales y la garantía del juez natural, aspectos ya tratados en sentencias de ambos tribunales.

El magistrado destacó que la relación entre las altas cortes debe basarse en el diálogo, la cooperación y la prudencia, evitando que se transforme en un choque o "guerra" jurisdiccional. Según Ortega, depende de los jueces instaurar un sistema idóneo donde el TC respete la competencia de la SCJ cuando esta crea "derecho vivo" mediante su inteligencia jurídica, y la SCJ mantenga una actitud de respeto hacia la jurisprudencia constitucional especializada.

Esta relación armónica y el autocontrol judicial son esenciales dentro del esquema de pesos y contrapesos (checks and balances) de la división de poderes, principio que Ortega vinculó con las ideas de Madison en el Federalista número 51 y Montesquieu en El espíritu de las leyes.

Ortega recordó que la creación de una jurisdicción constitucional especializada fue una aspiración histórica en la República Dominicana, materializada en la Constitución de 2010. Sin embargo, advirtió que el tema de la revisión constitucional de las sentencias de la SCJ genera debate, especialmente por el riesgo de que el TC se constituya en una "tercera casación", como han advertido algunos de sus miembros.

Ante esta situación, el juez abrió el debate sobre si sería adecuado modificar la Ley No. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procesos Constitucionales, para excluir de su competencia la revisión de las sentencias firmes del Poder Judicial.

Explicó que el control constitucional de sentencias es más característico de los sistemas europeos concentrados, citando a Hans Kelsen, quien cuestionó en qué medida la jurisdicción constitucional debe controlar actos judiciales individuales cuando los tribunales ya ofrecen garantías de regularidad.

Como ejemplo, mencionó que en Costa Rica, el artículo 74 de la Ley 7135 prohíbe la acción de inconstitucionalidad contra actos jurisdiccionales del Poder Judicial, y que en la jurisprudencia dominicana previa a la reforma de 2010, mediante sentencia del 2 de junio de 2010, se estableció que las resoluciones judiciales no podían ser atacadas por acción directa de inconstitucionalidad.

Ortega concluyó que, mientras se discute esta posible reforma, es fundamental que los magistrados de las altas cortes actúen con prudencia y madurez para dialogar en "la estación de la razón", garantizando que sean los jueces quienes preserven las libertades públicas, la seguridad jurídica y el Estado de derecho, pilares esenciales para la democracia y el ciudadano común.

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Carmen Rodríguez
Sobre el autor

Carmen Rodríguez

Editora en Jefe

Periodista con más de 15 años de experiencia en medios dominicanos. Especializada en política y asuntos gubernamentales. Graduada de la Universidad Autónoma de Santo Domingo.

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