Economía

Diputados aprueban multas de hasta RD$2 millones por violaciones a normas de calidad

Diputados aprueban multas de hasta RD$2 millones por incumplimiento de normas de calidad y seguridad en bienes y servicios.

Miguel Ángel Pérez

Miguel Ángel Pérez

Editor de Economía

miércoles, 30 de septiembre de 20262 min de lectura

La Cámara de Diputados aprobó este martes un proyecto de ley que actualiza el marco regulatorio del Sistema Dominicano para la Calidad (Sidocal) y establece sanciones económicas para empresas que comercialicen bienes o servicios que no cumplan con los niveles de calidad, inocuidad y seguridad establecidos por las autoridades.

La iniciativa, impulsada por los senadores Alexis Victoria Yeb y Cristóbal Venerado Castillo, busca proteger la salud de la población y el medio ambiente mediante la aplicación de multas que podrían llegar hasta 200 salarios mínimos del sector público, equivalentes a RD$2 millones, según lo establecido en el artículo 91 del documento.

Además, las instalaciones o sistemas productivos que no cumplan con buenas prácticas de higiene, manufactura y agrícolas deberán pagar un correctivo económico de hasta RD$1 millón. Estos montos no estaban contemplados en la regulación actual del Sidocal, contenida en la Ley 166-12.

El Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (Pro Consumidor) continuará encargado de aplicar estas medidas, tal como lo reafirma el artículo 95 del proyecto. Si la iniciativa es aprobada en el Senado, corresponderá al presidente Luis Abinader decidir si la observa o la promulga.

Las nuevas penalidades se sumarán a las ya existentes en la Ley 358-05, que rige al Pro Consumidor. Esa legislación considera como faltas muy graves aquellas relacionadas con la sanidad del producto, alteraciones para ocultar defectos, aplicación de precios excesivamente altos o negativa a colaborar con inspecciones oficiales, sancionables con hasta 500 salarios mínimos (RD$5 millones), pudiendo superar esa cifra hasta alcanzar el quíntuplo del valor del bien o servicio infractor.

Según el artículo 111 de la Ley del Proconsumidor, las multas pueden combinarse con medidas complementarias como el decomiso o destrucción de productos, empaques, etiquetas y material publicitario, previa autorización judicial. También se podrá prohibir la venta del servicio o ordenar la clausura del establecimiento.

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Miguel Ángel Pérez
Sobre el autor

Miguel Ángel Pérez

Editor de Economía

Economista y periodista financiero. Ex analista del Banco Central de la República Dominicana. Especialista en mercados y finanzas internacionales.