Política

Defensa de Santiago Hazim alega imposibilidad de responder a informe de Cámara de Cuentas por falta de acceso a archivos

La defensa de Santiago Hazim alega que su condición de privado de libertad le impide acceder a los archivos de Senasa necesarios para responder al informe preliminar de la Cámara de Cuentas.

Carmen Rodríguez

Carmen Rodríguez

Editora en Jefe

martes, 8 de septiembre de 20262 min de lectura

Santiago Marcelo Hazim Albainy, exdirector ejecutivo del Seguro Nacional de Salud (Senasa), aseguró mediante su defensa que no puede ejercer su derecho a réplica frente al informe preliminar de la Cámara de Cuentas debido a su condición de privado de libertad y la falta de acceso a los archivos institucionales necesarios para su defensa.

Según la comunicación presentada por su abogado, Miguel Valerio, ante el Pleno de la Cámara de Cuentas, Hazim se encuentra imposibilitado materialmente de presentar reparos, observaciones o descargos personales y documentados, ya que permanece recluido en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Las Parras desde el 11 de diciembre de 2025, sin acceso a los sistemas físicos y digitales de Senasa.

La defensa sostiene que, para responder adecuadamente al informe preliminar —que aborda las operaciones de Senasa entre el 1 de enero de 2020 y el 30 de septiembre de 2025—, sería necesario revisar documentación como contratos, facturas, pagos a prestadores de servicios de salud, soportes de pago, registros financieros, bases de datos, correos electrónicos y auditorías médicas, todos ellos inaccesibles para el exfuncionario mientras cumple medida de prisión preventiva.

El informe de la Cámara de Cuentas, emitido el 3 de agosto de 2026 y notificado a Hazim el 7 de agosto de 2026, contiene hallazgos administrativos, financieros, contractuales y tecnológicos, algunos de los cuales podrían constituir indicios de responsabilidad administrativa y, en ciertos casos, penal. Hazim dispone de un plazo de 30 días hábiles para formular su defensa, pero su equipo legal argumenta que dicha garantía resulta vacua sin acceso a la información necesaria.

Uno de los planteamientos centrales de la defensa es que la ausencia de una respuesta personal por parte de Hazim no debe interpretarse como admisión de responsabilidad, conformidad con los hallazgos, renuncia al derecho de defensa o vulneración de la presunción de inocencia. Al respecto, se invocó el artículo 69 de la Constitución de la República, que garantiza el debido proceso y el derecho de defensa, particularmente relevante dado que algunos hallazgos podrían estar vinculados a una investigación penal en curso.

La defensa aclaró que su planteamiento no busca cuestionar las facultades de fiscalización de la Cámara de Cuentas, sino dejar constancia formal de las condiciones materiales que, según sostiene, impiden a Hazim ejercer plenamente su derecho a réplica mientras permanece privado de libertad y sin acceso efectivo a las fuentes institucionales necesarias.

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Carmen Rodríguez
Sobre el autor

Carmen Rodríguez

Editora en Jefe

Periodista con más de 15 años de experiencia en medios dominicanos. Especializada en política y asuntos gubernamentales. Graduada de la Universidad Autónoma de Santo Domingo.