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Debate sobre el artículo 20 de la Constitución y los derechos de los dominicanos en el exterior

Expertos y políticos debaten si el artículo 20 de la Constitución Dominicana discrimina a los dominicanos con doble nacionalidad que aspiran a la presidencia.

José Luis Cabrera

José Luis Cabrera

Corresponsal Internacional

domingo, 9 de agosto de 20262 min de lectura
Debate sobre el artículo 20 de la Constitución y los derechos de los dominicanos en el exterior
Debate sobre el artículo 20 de la Constitución y los derechos de los dominicanos en el exterior

El artículo 20 de la Constitución Dominicana generó un intenso debate durante el IV Foro Constitucional Pro Igualdad Ciudadana “Dominicanos en el Exterior”, realizado en la Universidad Tecnológica de Santiago (Utesa), donde se analizó su impacto en los derechos políticos de los ciudadanos con doble nacionalidad.

Cristóbal Rodríguez Gómez, abogado constitucionalista, explicó que el artículo establece que los dominicanos que adopten otra nacionalidad pueden aspirar a la presidencia y vicepresidencia siempre que renuncien a dicha nacionalidad con diez años de anticipación a la elección y residan en el país durante los diez años previos al cargo. Sin embargo, pueden ocupar otros cargos electivos, ministeriales o de representación diplomática sin renunciar a la nacionalidad adquirida.

Zoraima Cuello, excandidata vicepresidencial del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), defendió la disposición constitucional, argumentando que no es discriminatoria al compararla con otras restricciones establecidas en la Carta Magna, como la prohibición del voto para menores de edad y militares, o el requisito de tener al menos 30 años para aspirar a la presidencia. Cuello aclaró que sus comentarios eran a título personal y no en representación del PLD.

Ramón Ceballos Marte, exdiputado de ultramar y doble nacionalidad dominicana-estadounidense, calificó el artículo como discriminatorio y excluyente, afirmando que obliga a los dominicanos en el exterior a renunciar a su segunda nacionalidad y esperar una década para aspirar a los cargos más altos del Estado. Señaló que los políticos locales no favorecen la participación de quienes aportan criterios diferentes y propuso que la diáspora debería tener representación senatoral en Estados Unidos.

Pablo Rodríguez, periodista y director de FUNSEDE, coincidió en que el requisito de renuncia y espera es discriminatorio, rechazando el argumento de que los dominicanos en el exterior están desconectados de la realidad nacional. Destacó que, en la era de la información, vivir en Estados Unidos u otro país no implica desconocer lo que ocurre en República Dominicana.

Durante el foro, Rodríguez Gómez reiteró que la intención del constituyente es evitar conflictos de intereses en funciones públicas sensibles, pero aclaró que la disposición no afecta la dominicanidad de quienes residen fuera del país. Asimismo, se reconoció el aporte significativo de la diáspora, especialmente mediante las remesas, y se mencionó que en 2024 la participación electoral de los dominicanos en Estados Unidos alcanzó un 80 %, según datos citados por Cuello.

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Sobre el autor

José Luis Cabrera

Corresponsal Internacional

Periodista con experiencia en coberturas internacionales. Ex corresponsal en Washington D.C. y Nueva York para medios latinoamericanos.

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