Corte de Arbitraje condena a CAASD a pagar RD$888 millones a AAA Dominicana
Corte de Arbitraje condena a CAASD a pagar RD$888 millones a AAA Dominicana por facturas adeudadas, indemnización e intereses.
Miguel Ángel Pérez
Editor de Economía

La Corte de Arbitraje y Resolución Alternativa de Conflictos de la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo ha emitido un laudo definitivo que obliga a la Corporación de Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo (CAASD) al pago de RD$888 millones 300 mil a favor de la empresa AAA Dominicana, por concepto de facturas adeudadas, indemnización, intereses y gastos derivados del proceso arbitral.
Del monto total, RD$352 millones 791 mil 572.45 corresponden a facturas adeudadas por la CAASD, mientras que RD$134 millones 677 mil 717.74 representan una indemnización establecida en el laudo arbitral. A estas sumas se agregan los intereses generados durante el proceso, así como los gastos arbitrales y legales, hasta alcanzar el total notificado.
Detalles de los intereses y pagos adicionales
El laudo establece que, hasta que la CAASD salde la deuda, deberá pagar un interés contractual del 2% mensual sobre la suma de RD$352 millones 791 mil 572.45, calculado desde el 18 de febrero de 2022, fecha de inicio de la demanda principal. Al momento de la notificación del acto de alguacil, este monto ascendía aproximadamente a RD$392 millones.
Asimismo, la institución estatal deberá pagar un interés anual del 5.25% a partir de la notificación de la decisión final sobre el monto de RD$134 millones 677 mil 717.74 correspondiente a la indemnización.
Otras disposiciones del laudo arbitral
La decisión incluye el pago de RD$4 millones 313 mil 997.53 por concepto de costas a los abogados de AAA Dominicana y de la Sociedad Interamericana de Agua y Servicios (INASSA). También dispone que la CAASD deberá pagar al perito coordinador Manuel Amaury Guzmán López la suma de US$14,750, correspondiente al pago final de sus honorarios, conforme a la propuesta presentada el 2 de noviembre de 2023.
El laudo fue notificado mediante el acto de alguacil número 19/26, de fecha 28 de septiembre de 2026, instrumentado por el ministerial Antonio Jorge Rached Herrera, alguacil ordinario de la Suprema Corte de Justicia. La Corte de Arbitraje y Resolución Alternativa de Conflictos indicó que su decisión, contenida en el laudo arbitral, tiene carácter definitivo, ejecutorio y confidencial.
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Miguel Ángel Pérez
Editor de Economía
Economista y periodista financiero. Ex analista del Banco Central de la República Dominicana. Especialista en mercados y finanzas internacionales.
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