Congresistas proponen limitar venta de alcohol en discotecas y locales hasta las 2:00 a.m.
Cuatro congresistas del PRM presentan proyectos para regular horarios de venta de alcohol tras fallo del TC que anuló decreto ejecutivo, con multas que van desde RD$100,000 hasta RD$500,000.
Carmen Rodríguez
Editora en Jefe

El Tribunal Constitucional declaró inconstitucional el decreto 308-06 que regulaba el horario de venta de alcohol en establecimientos comerciales, ordenando al Congreso Nacional legislar sobre el tema dentro de un plazo de dos años.
Tras la sentencia TC/0689/26 emitida el 28 de julio, cuatro legisladores del Partido Revolucionario Moderno (PRM) presentaron proyectos de ley para establecer nuevos horarios de expendio de bebidas alcohólicas, los cuales actualmente están en estudio por comisiones del Poder Legislativo.
Los diputados Ramón Bueno, Juan Bolívar Cuevas y el senador Santiago Zorrilla proponen limitar la venta de alcohol hasta las 2:00 a.m. los viernes, sábados y días feriados, y hasta la medianoche (12:00 a.m.) de domingo a jueves, manteniendo el mismo horario que el decreto anulado.
En cambio, el senador Pedro Tineo sugiere un horario único de 12:00 a.m. para todos los días, considerando que el incumplimiento debería sancionarse con una multa de hasta 50 salarios mínimos del sector público (equivalente a RD$500,000), además de posible cierre temporal o definitivo del establecimiento.
Tineo también propone prohibir la instalación de estos locales a menos de 50 metros de zonas residenciales, habitacionales y escolares, excepto para restaurantes o fondas con explotación exclusiva, y busca impedir el consumo de alcohol en vías y áreas públicas sin autorización previa.
Bolívar Cuevas recomienda una sanción de hasta 40 salarios mínimos (RD$400,000) y una suspensión de operaciones de tres a quince días para quienes excedan el horario, además de establecer que el alcohol adquirido antes del límite solo pueda consumirse dentro del establecimiento por un máximo de 30 minutos.
Por su parte, Ramón Bueno propone una multa máxima de 10 salarios mínimos (RD$100,000) y una suspensión de licencia de hasta 30 días, excluyendo de la norma a establecimientos en aeropuertos, puertos internacionales y eventos especiales autorizados temporalmente.
El senador Santiago Zorrilla busca prohibir la instalación de estos locales a menos de 150 metros de instituciones sensibles como hospitales, clínicas, escuelas, universidades, iglesias, asilos, orfanatos, parques infantiles, temáticos y recreativos, instalaciones deportivas y centros de rehabilitación para alcohólicos y drogadictos.
Zorrilla considera una infracción administrativa exceder el horario de venta, aunque no especifica la penalización, pero sí propone multar a ciudadanos que consuman alcohol en vías públicas obstruyendo el tránsito y perturbando la tranquilidad, con una sanción de uno a cinco salarios mínimos.
Todas las iniciativas aplicarán a colmados, bares, discotecas, centros de diversión, casinos y cualquier establecimiento con autorización para vender licores, excluyendo explícitamente a hoteles y complejos turísticos de las restricciones horarias.
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Carmen Rodríguez
Editora en Jefe
Periodista con más de 15 años de experiencia en medios dominicanos. Especializada en política y asuntos gubernamentales. Graduada de la Universidad Autónoma de Santo Domingo.
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