Seguridad

Código Penal dominicano entra en vigencia sin las 27 modificaciones recientes

El Código Penal dominicano entra en vigencia hoy, pero las 27 modificaciones recientes no aplican hasta su publicación en la Gaceta Oficial, según explicó Subero Isa.

José Luis Cabrera

José Luis Cabrera

Corresponsal Internacional

lunes, 3 de agosto de 20262 min de lectura

El nuevo Código Penal dominicano entró en vigencia hoy, pero sin las 27 modificaciones aprobadas recientemente, las cuales aún no han sido publicadas en la Gaceta Oficial y, por tanto, no producen efectos legales.

Según explicó el expresidente de la Suprema Corte de Justicia, Subero Isa, las reformas aprobadas recientemente solo entrarán en vigor una vez se cumpla el plazo establecido tras su publicación en la Gaceta Oficial, conforme al artículo 1 del Código Civil dominicano.

La Ley 74-25 puso en vigencia el Código Penal dominicano, mientras que la Ley 44-26 introduce las modificaciones a 27 artículos de dicha normativa. Hasta que dicha publicación oficial no se realice, esas modificaciones no tienen efecto legal desde hoy.

Contenido del nuevo Código Penal vigente

El Código Penal que ahora rige establece una pena máxima de 40 años de prisión y hasta 60 años en casos de penas acumuladas. Asimismo, tipifica nuevos delitos como el ciberacoso, el sicariato, el fraude piramidal, la desaparición forzada, el chantaje con fotografías íntimas y el uso de sustancias corrosivas, incluyendo sanciones severas por ataques con el denominado “ácido del diablo”.

Además, establece penas de hasta 40 años de prisión para los casos de feminicidio, reforzando el marco jurídico contra la violencia de género.

Procedimiento de publicación y entrada en vigor

Según el artículo 1 del Código Civil dominicano, las leyes, después de promulgadas por el Poder Ejecutivo, deben ser publicadas en la Gaceta Oficial. También pueden publicarse en uno o más periódicos de amplia circulación, cuando así lo disponga la ley misma o el Poder Ejecutivo, siempre que se indique expresamente que se trata de una publicación oficial, la cual surtirá los mismos efectos que la publicación en la Gaceta Oficial.

En el Distrito Nacional, las leyes se reputarán conocidas al día siguiente de su publicación; en las demás provincias, al segundo día contado desde la fecha de la publicación oficial.

Este mismo procedimiento aplica a resoluciones, decretos y reglamentos dictados por el Poder Ejecutivo.

Seguimiento de la reforma

La Comisión de Seguimiento creada por el presidente Luis Abinader está integrada por Milton Ray Guevara, quien la presidirá; Leyda Margarita Piña Medrano, Julio César Castaños Guzmán y Pedro Balbuena, entre otros. Su función es supervisar la correcta implementación de las reformas legales, incluyendo la publicación y entrada en vigor de las modificaciones pendientes.

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José Luis Cabrera
Sobre el autor

José Luis Cabrera

Corresponsal Internacional

Periodista con experiencia en coberturas internacionales. Ex corresponsal en Washington D.C. y Nueva York para medios latinoamericanos.