Salud

Clínica condenada a pagar 10 millones por negar atención a joven que murió

Una clínica de San Pedro de Macorís fue condenada a pagar 10 millones de pesos por negar atención en UCI a un joven que falleció. La DIDA respalda el fallo que sienta un precedente contra la exigencia de pagos previos en emergencias.

Ana María Guzmán

Ana María Guzmán

Editora de Salud

viernes, 16 de enero de 20263 min de lectura
Clínica condenada a pagar 10 millones por negar atención a joven que murió
Clínica condenada a pagar 10 millones por negar atención a joven que murió

La Cámara Civil de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de San Pedro de Macorís ratificó una sentencia que condena a la Clínica Dr. Perozo, S.A. al pago de diez millones de pesos, más un interés mensual del 1.5%, como indemnización por daños morales. La condena responde al fallecimiento del joven Nahim Contreras Aristy, a quien se le negó el ingreso a la unidad de cuidados intensivos (UCI) al no realizar un pago previo exigido por el centro de salud.

Un precedente para el sistema de salud

El director general de la Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA), Elías Báez, respaldó públicamente la decisión judicial. Báez enfatizó que el fallo establece un precedente claro para todas las prestadoras de servicios de salud en el país.

"La decisión confirma que ninguna prestadora de servicios de salud puede supeditar la atención de emergencia al pago de anticipos, y que hacerlo genera responsabilidad jurídica, administrativa y civil", declaró Báez en un comunicado oficial.

El funcionario añadió que la sentencia "establece con claridad una regla para todo el sistema: cuando una vida está en riesgo, la atención es inmediata y obligatoria. No es una opción, no es una cortesía, no es negociable".

Proceso legal y apoyo institucional

El caso fue llevado ante los tribunales por el abogado Francisco Aristy, en representación de la familia de la víctima, luego de una investigación técnica y jurídica realizada por la DIDA. El organismo documentó la negativa de atención y activó los mecanismos administrativos correspondientes que culminaron en la acción judicial.

Báez explicó el impacto de este tipo de resoluciones: "Cada sentencia como esta enseña, ordena y corrige. Enseña a los prestadores cuáles son sus deberes, ordena el funcionamiento del sistema y corrige prácticas que vulneran derechos".

El lamentable suceso generó una "profunda conmoción social" y recibió un amplio respaldo ciudadano. Incluso la primera dama, Raquel Arbaje, expresó personalmente su solidaridad y acompañamiento a los padres del joven fallecido.

Llamado a la denuncia ciudadana

La DIDA aprovechó la ocasión para reiterar su llamado a la población a reportar cualquier negativa de atención, cobro indebido o irregularidad en la prestación de servicios de salud. El organismo subrayó que estas denuncias no solo defienden los derechos individuales de los afiliados, sino que contribuyen a mejorar el sistema en su conjunto.

"Denunciar no es quejarse: es participar en la mejora del sistema. Cada caso que se formaliza ayuda a prevenir nuevas vulneraciones y, en última instancia, a salvar vidas", acotó el director de la DIDA.

Este caso sienta un precedente legal fundamental que refuerza la obligación de las instituciones de salud de priorizar la vida humana sobre cualquier consideración económica, especialmente en situaciones de emergencia donde el tiempo es un factor crítico.

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Ana María Guzmán
Sobre el autor

Ana María Guzmán

Editora de Salud

Periodista especializada en salud pública y bienestar. Colaboradora de organizaciones de salud en el Caribe. Máster en Comunicación Científica.

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