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Artistas dominicanos aseguran que ley de derechos de autor garantiza seguro médico y funerario

Tras 26 años de la Ley 65-00, artistas dominicanos afirman que ya no deben mendigar por ataúdos o medicinas, gracias al seguro médico y funerario gestionado por SGACEDOM y SODAIE.

José Luis Cabrera

José Luis Cabrera

Corresponsal Internacional

lunes, 24 de agosto de 20263 min de lectura
Artistas dominicanos aseguran que ley de derechos de autor garantiza seguro médico y funerario
Artistas dominicanos aseguran que ley de derechos de autor garantiza seguro médico y funerario

Santo Domingo.- Tras conmemorarse los 26 años de la Ley 65-00 sobre Derecho de Autor, el reconocido cantante, músico y compositor Pochy Familia destacó una transformación histórica en las condiciones de vida de la clase artística nacional, asegurando que los familiares de músicos, compositores e intérpretes ya no dependen de la caridad pública para enfrentar emergencias médicas o gastos funerarios.

"Hoy te puedo decir que los artistas y los autores tenemos un seguro médico y un seguro funerario que nos ha devuelto la dignidad. No tenemos que mendigar por un ataúd cuando fallece uno de nosotros", afirmó Familia durante una entrevista, subrayando que este avance representa un antes y un después en el reconocimiento social y económico de los creadores dominicanos.

El artista explicó que estos beneficios son gestionados mediante convenios entre la Sociedad General de Autores Dominicanos (SGACEDOM) y la Sociedad Dominicana de Artistas Intérpretes y Ejecutantes (SODAIE) con la Funeraria Blandino, que proveen servicios médicos y funerarios a los afiliados y sus familias.

Antes de la efectiva aplicación de la ley, era común que, ante el fallecimiento de un artista, se tuviera que organizar una recolecta para costear una sepultura digna, situación que también ocurría ante enfermedades graves. Según Familia, esa realidad ya pertenece al pasado.

El sistema actual, además, ofrece flexibilidad: si una familia prefiere utilizar una funeraria municipal en Santo Domingo o en el interior del país, las sociedades de gestión reembolsan el equivalente al costo del servicio privado, permitiendo que los recursos se destinen a otras necesidades imprevistas.

Las remuneraciones provienen directamente de la fiscalización del uso comercial de la música en sectores que antes no pagaban derechos de propiedad intelectual, como emisoras de radio, hoteles y restaurantes.

"Hoy cobramos por la sonada de la música en la radio, en un hotel o en un restaurante; cosas que antes simplemente no existían. ¿Y quién nos brindó eso? Bueno, la ley", expresó Familia.

Más allá de la asistencia social en momentos críticos, la Ley 65-00 ha permitido el acceso a pensiones y regalías garantizadas, impactando directamente el retiro y la vida productiva de los creadores:

  • Pensiones activas: soporte económico continuo para artistas que, por edad o enfermedad, ya no pueden ejercer su actividad artística.
  • Regalías trimestrales: fondos distribuidos de forma fija cada tres meses para autores.
  • Regalías semestrales: desembolsos programados cada seis meses para artistas e intérpretes.

Familia concluyó que estos mecanismos representan el mayor avance en el reconocimiento legal al talento, esfuerzo y trabajo de los creadores dominicanos, y señaló que, gracias a ello, los miembros de las entidades de gestión colectiva hoy valoran, protegen y cuidan más que nunca las instituciones que defienden sus derechos.

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José Luis Cabrera
Sobre el autor

José Luis Cabrera

Corresponsal Internacional

Periodista con experiencia en coberturas internacionales. Ex corresponsal en Washington D.C. y Nueva York para medios latinoamericanos.

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