ADP pide modificar Código Penal para proteger labor docente
La ADP solicita modificar el Código Penal para evitar que medidas disciplinarias docentes sean criminalizadas por redacciones ambiguas en artículos sobre bullying, abandono y presión.
Ana María Guzmán
Editora de Salud
La Asociación Dominicana de Profesores (ADP) solicitó formalmente a la Cámara de Diputados que modifique varios artículos del proyecto del nuevo Código Penal, advirtiendo que su redacción actual podría criminalizar acciones legítimas de la función docente en los centros educativos.
El gremio educativo planteó sus observaciones en una carta firmada por su presidente, Eduardo Hidalgo, y el consultor jurídico del sindicato, John A. Bello, en la que advierte que ciertos términos utilizados en el proyecto son demasiado amplios y generan inseguridad jurídica para maestros, directores y orientadores.
Uno de los principales puntos de preocupación es el artículo que tipifica el hostigamiento e intimidación (bullying). Aunque la ADP respalda la sanción del acoso escolar, considera que expresiones como "asustar", "aislar" y la referencia al "ámbito educativo" deben definirse con mayor precisión para evitar que medidas disciplinarias o pedagógicas razonables sean interpretadas como delitos.
Por ello, propone incorporar un párrafo que establezca que no constituirán bullying las medidas disciplinarias, correctivas o de protección adoptadas por docentes, directivos u orientadores, siempre que sean razonables, objetivas, estén amparadas por la legislación educativa y no tengan como finalidad humillar o causar daño al estudiante.
Otro artículo cuestionado es el relacionado con el abandono de niños, niñas y adolescentes, que contempla agravantes cuando el responsable es el padre, la madre, el tutor o un maestro. La ADP sostiene que el deber de cuidado del docente es temporal y está limitado al horario y funciones escolares, por lo que no debe equipararse automáticamente con la responsabilidad de padres o tutores.
En ese sentido, propone que la agravante solo se aplique cuando exista un abandono deliberado o una negligencia grave que ponga en riesgo la vida o la integridad del estudiante.
Además, el sindicato objetó el uso del término "presión" en uno de los artículos, considerando que resulta demasiado amplio y podría incluir actuaciones propias del proceso educativo. Propone sustituirlo por expresiones como "presión psicológica grave, ilegítima o abusiva", o definir que la conducta sancionada implique intimidación, coacción o humillación comprobable.
Finalmente, pidió que las decisiones escolares basadas en la edad —como el ingreso a determinados grados o la organización de niveles educativos— queden claramente diferenciadas de cualquier conducta discriminatoria.
La ADP aseguró que sus propuestas no buscan eximir de responsabilidad a docentes que incurran en conductas ilícitas, sino evitar que la redacción del nuevo Código Penal genere interpretaciones que afecten el ejercicio legítimo de la función docente y la aplicación de medidas disciplinarias contempladas en la Ley General de Educación.
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Ana María Guzmán
Editora de Salud
Periodista especializada en salud pública y bienestar. Colaboradora de organizaciones de salud en el Caribe. Máster en Comunicación Científica.
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