Política

Abinader promulga reforma al Código Penal y crea comisión para futuras mejoras

Luis Abinader promulgó la reforma al Código Penal y creó una comisión para discutir futuras mejoras, incluyendo cambios en violencia, difamación y delitos patrimoniales.

Carmen Rodríguez

Carmen Rodríguez

Editora en Jefe

martes, 28 de julio de 20264 min de lectura

El presidente Luis Abinader promulgó las recientes modificaciones al Código Penal, aprobadas por el Congreso Nacional, y dispuso la creación de una comisión de seguimiento para discutir futuras mejoras a la normativa, según el Decreto núm. 507-26.

La reforma incorpora nuevos delitos adaptados a la realidad del siglo XXI y ajusta diversos artículos relacionados con responsabilidad penal de personas jurídicas, violencia doméstica, acoso cibernético, difamación, perjurio y delitos patrimoniales, entre otros.

Principales modificaciones al Código Penal

En materia de responsabilidad penal de personas jurídicas, se modificaron los artículos 8 y 11 para incluir nuevas circunstancias que atenúan o excluyen su responsabilidad, además de establecer requisitos más estrictos para los programas de cumplimiento y prevención de delitos.

Sobre protección contra la violencia, los artículos 121, 122 y 123 fueron revisados sustituyendo el término "bullying" por "hostigamiento". En el artículo 123, sobre acoso u hostigamiento cibernético, se ampliaron las conductas sancionadas en plataformas digitales y se incorporó una excepción que protege las publicaciones, investigaciones, críticas y reportajes realizados en el ejercicio legítimo de la libertad de expresión y el derecho a la información sobre asuntos de interés público.

El artículo 124, relativo a violencia doméstica o intrafamiliar, incorpora expresamente la definición de violencia física dentro de los tipos de violencia reconocidos. Asimismo, el artículo 144 aumenta la pena por acoso agravado, que pasa de dos a tres años de prisión a un rango de dos a cinco años.

También se modificaron los artículos 170 (auto secuestro), 173 (discriminación), 176 y 177 (proxenetismo y proxenetismo agravado), y el artículo 192, sobre difusión de audios, imágenes y videos sin consentimiento, cuya nueva redacción establece que el delito solo será sancionado cuando ocurra en el ámbito privado o exista una expectativa razonable de privacidad, reduciendo la pena mínima de seis meses a 15 días de prisión, manteniendo la máxima en un año.

Cambios en difamación, perjurio y otros delitos

En los artículos 207, 208, 209 y 211, el Congreso reformó las disposiciones sobre perjurio y difamación: la pena por perjurio fue reducida de cinco a diez años de prisión a entre dos y cinco años, mientras que la difamación pasó a castigarse con uno a dos años de prisión. Además, se excluye de responsabilidad penal la difamación cometida a través de medios de comunicación o del ciberespacio, y se establece que las opiniones o críticas relacionadas con casos de corrupción, políticas públicas y servicios públicos no constituirán delito, siempre que estén sustentadas en pruebas o en una verificación razonable.

La reforma también incorpora los artículos 214 y 215, que sancionan el abandono de menores y su modalidad agravada. En el ámbito económico y patrimonial, se actualizaron los artículos 248 (bancarrota simple), 269 (violación de propiedad) y 303 (malversación de fondos públicos), además de modificar los artículos 310 (ultraje en el ámbito jurisdiccional) y 354 (certificación falsa del estado de salud).

Creación de la comisión de seguimiento

Mediante el Decreto núm. 507-26, el Poder Ejecutivo designó como integrantes de la comisión de seguimiento al doctor Milton Ray Guevara; la doctora Leyda Margarita Piña Medrano; el doctor Pedro Balbuena; el doctor Ricardo Rojas León; el doctor Julio César Castaños Guzmán; la doctora Luz Díaz; el doctor José Lorenzo Fermín; el doctor Eduardo Jorge Prats; el doctor Alejandro Moscoso Segarra, y los periodistas Persio Maldonado y Aníbal de Castro.

Según un comunicado de prensa, "con esta decisión, el Poder Ejecutivo pone a disposición del país un Código Penal fortalecido mediante el consenso democrático y un proceso de revisión institucional y técnico de los aspectos reformados, reafirmando su compromiso con la modernización del ordenamiento jurídico, el fortalecimiento de la protección de los derechos fundamentales, el respeto al debido proceso y la consolidación de instituciones cada vez más sólidas y transparentes".

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Sobre el autor

Carmen Rodríguez

Editora en Jefe

Periodista con más de 15 años de experiencia en medios dominicanos. Especializada en política y asuntos gubernamentales. Graduada de la Universidad Autónoma de Santo Domingo.

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