Tribunal Constitucional sanciona a cuatro entidades estatales por incumplir sentencias
El TC multa a cuatro entidades estatales con RD$1,470,000 por incumplir sentencias que afectan derechos de ciudadanos, incluyendo pensiones y acceso a información laboral.
Carmen Rodríguez
Editora en Jefe
El Tribunal Constitucional (TC) condenó a cuatro instituciones del Estado por desacatar sentencias judiciales previas, imponiendo multas acumuladas por RD$1,470,000.00 en concepto de astreintes a favor de dos ciudadanos afectados por la inacción administrativa.
En la primera resolución, mediante la sentencia TC/0844/26, el alto tribunal acogió la solicitud de liquidación de astreinte presentada por Isidro Díaz Rosario y condenó a la Dirección General de la Policía Nacional al pago de RD$520,000.00 por no cumplir con la sentencia TC/1104/24, emitida el 30 de diciembre de 2024. Ese fallo había ordenado a la institución policial entregar inmediatamente la documentación de una investigación seguida contra Díaz Rosario por presunta deserción, junto con un informe sobre el estado del proceso.
Para garantizar el cumplimiento, el TC fijó una astreinte de RD$2,000.00 por día de retardo a partir de la notificación formal realizada el 6 de junio de 2025. Sin embargo, la Policía Nacional nunca entregó los documentos solicitados, dejando al ciudadano sin acceso a información esencial para su defensa y situación laboral. Al evaluar la demanda depositada el 20 de febrero de 2026, los magistrados contabilizaron 260 días de retraso, lo que resultó en el monto sancionatorio de RD$520,000.00, sin perjuicio de los días adicionales que sigan acumulándose hasta el cumplimiento efectivo.
El tribunal calificó la conducta de la Policía Nacional como una actitud "reticente e irresponsable" que vulnera principios fundamentales como la seguridad jurídica, la tutela judicial efectiva y el debido proceso.
En un segundo fallo, emitido el 7 de agosto de 2026 mediante la sentencia TC/0736/26, el TC ordenó a la Policía Nacional pagar RD$2,845,000.00 a Dulce María Lora Solís, viuda del General de Brigada (r) José Antonio Feliciano Castillo, como astreinte generada por el incumplimiento persistente de una sentencia de 2022 que disponía el reconocimiento del ascenso del oficial y el pago retroactivo de su pensión.
Asimismo, en la sentencia TC/0851/26, el Tribunal Constitucional acogió la solicitud de Yolanda del Carmen Solís de Rosario y sancionó de manera solidaria al Instituto Nacional de Bienestar Magisterial (INABIMA), a la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a Cargo del Estado (DGJP) y al Ministerio de Hacienda con el pago de RD$950,000.00. El caso se originó en una acción de amparo donde la docente jubilada reclamaba la restitución de su pensión, originalmente otorgada mediante el Decreto núm. 364-92 de diciembre de 1992.
Mediante la sentencia TC/1463/25 del 22 de diciembre de 2025, el TC había ordenado al INABIMA transferir a la DGJP las cotizaciones correspondientes a los años trabajados por la accionante en el Ministerio de Educación, coordinar la reactivación inmediata de su pensión, mientras que a la DGJP y al Ministerio de Hacienda les correspondía ejecutar dicha reactivación y pagar los valores adeudados desde el 17 de agosto de 2021. El tribunal estableció un plazo de 30 días calendario desde la notificación (realizada el 27 de enero de 2026 mediante el Acto núm. 092/2026), con una astreinte de RD$10,000.00 diarios a cargo solidario de las tres entidades.
Al vencerse el plazo el 26 de febrero de 2026 sin cumplimiento, y al no existir prueba de cumplimiento ni defensa presentada por las instituciones, el TC contabilizó 95 días de retardo entre el 26 de febrero y el 1 de junio de 2026 (fecha de la solicitud), lo que generó el monto de RD$950,000.00. El tribunal advirtió que dicha suma seguirá aumentando a razón de RD$10,000.00 diarios de forma solidaria hasta que las tres entidades ejecuten completa y efectivamente la sentencia.
En ambas resoluciones, el Tribunal Constitucional reiteró que sus decisiones son vinculantes e irrevocables para todos los poderes públicos, y que la falta de ejecución de sus mandatos constituye una vulneración al derecho a la tutela judicial efectiva, al debido proceso y a la seguridad jurídica de los ciudadanos afectados. Las sentencias fueron adoptadas por la mayoría requerida del Pleno de Jueces.
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Carmen Rodríguez
Editora en Jefe
Periodista con más de 15 años de experiencia en medios dominicanos. Especializada en política y asuntos gubernamentales. Graduada de la Universidad Autónoma de Santo Domingo.
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