Política

Tribunal de Apelaciones confirma que el Centro Kennedy no puede llevar el nombre de Trump

Un tribunal federal de apelaciones confirma que el Centro Kennedy no puede llevar el nombre de Trump, rechazando por segunda vez una moción del gobierno anterior para suspender su retirada.

Carmen Rodríguez

Carmen Rodríguez

Editora en Jefe

jueves, 13 de agosto de 20262 min de lectura
Tribunal de Apelaciones confirma que el Centro Kennedy no puede llevar el nombre de Trump
Tribunal de Apelaciones confirma que el Centro Kennedy no puede llevar el nombre de Trump

Un tribunal federal de apelaciones del Distrito de Columbia ha confirmado que el nombre del expresidente Donald Trump no podrá aparecer en la fachada del Centro Kennedy, el principal teatro de artes escénicas de Washington, mientras continúe el proceso judicial en curso. Esta decisión marca la segunda ocasión en la que el mismo tribunal rechaza una solicitud del gobierno de Trump para mantener el nombre del expresidente en la institución.

Los tres jueces del tribunal desestimaron una moción de suspensión presentada por el Departamento de Justicia durante la administración Trump, que argumentaba que retirar el nombre perjudicaría los esfuerzos de recaudación de fondos del centro y agravaría su situación financiera. El tribunal consideró que estos argumentos no eran suficientes para justificar una medida cautelar que alterara el estado actual del edificio.

La decisión judicial no entró en el fondo del asunto, sino que se limitó a rechazar la petición de suspensión, lo que permite que la apelación del expresidente por mantener su nombre en el Centro Kennedy continúe su trámite ante los tribunales. Esto deja abierta la posibilidad de futuras resoluciones sobre el fondo de la controversia.

El Centro Kennedy retiró el nombre de Trump de su fachada el pasado 12 de junio, en cumplimiento de una orden judicial previa que le obligaba a hacerlo. Esta acción se produjo después de que un juez de distrito determinara, el 29 de mayo, que la junta directiva del centro —compuesta por aliados del expresidente— no tenía la autoridad para cambiar el nombre de la institución.

Según el magistrado que emitió la orden inicial, la ley que creó el Centro Kennedy establece de manera explícita que el edificio debe llevar el nombre del presidente John F. Kennedy, asesinado en 1963, y que no puede ser modificado por decisión unilateral de la dirección del centro. El juez sostuvo que solo el Congreso, como entidad que originalmente estableció la denominación, tiene la potestad para modificarla.

El juez otorgó un plazo de dos semanas para la retirada del nombre, señalando que la legislación fundacional «deja absolutamente claro» que el Centro Kennedy debe preservar su nombre original en honor al 35.º presidente de los Estados Unidos. Esta interpretación jurídica subraya el carácter institucional y simbólico del nombre, vinculado directamente al legado de Kennedy y no sujeto a cambios administrativos o políticos.

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Carmen Rodríguez
Sobre el autor

Carmen Rodríguez

Editora en Jefe

Periodista con más de 15 años de experiencia en medios dominicanos. Especializada en política y asuntos gubernamentales. Graduada de la Universidad Autónoma de Santo Domingo.

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