Economía

Trabajo aprueba aumento salarial del 25% para operadores de máquinas pesadas en agricultura

El Ministerio de Trabajo aprobó un aumento salarial del 25% para operadores de máquinas pesadas en agricultura, elevando el mínimo de RD$22,000 a RD$27,500 mensuales mediante acuerdo tripartito.

Miguel Ángel Pérez

Miguel Ángel Pérez

Editor de Economía

martes, 6 de octubre de 20262 min de lectura
Trabajo aprueba aumento salarial del 25% para operadores de máquinas pesadas en agricultura
Trabajo aprueba aumento salarial del 25% para operadores de máquinas pesadas en agricultura

El Ministerio de Trabajo anunció un aumento salarial del 25% para los operadores de máquinas pesadas del sector agrícola, medida aprobada por el Comité Nacional de Salarios (CNS) mediante la Resolución número 11/2026. El acuerdo, alcanzado durante la sesión del CNS celebrada el 23 de septiembre de 2026, eleva el salario mínimo de RD$22,000 a RD$27,500 mensuales a nivel nacional.

Eddy Olivares Ortega, ministro de Trabajo, destacó que el incremento fue producto de un acuerdo tripartito entre trabajadores, empleadores y el Estado, resaltando la importancia del diálogo social para mejorar las condiciones laborales. "Este aumento reconoce el valor del trabajo que realizan los operadores de máquinas pesadas en la actividad agrícola y muestra que mediante el diálogo responsable podemos alcanzar acuerdos que beneficien a los sectores productivos", afirmó el funcionario.

La resolución no solo actualiza el salario base, sino que también incrementa en un 25% las tarifas por tareas específicas realizadas por estos trabajadores. Entre las nuevas tarifas destacan: RD$23.70 por tarea para corte de arado, RD$116.53 por fangueo, RD$183.63 por nivelación con gredar, RD$16.88 por saco para recolección de arroz y maíz y RD$8.38 por saco para recolección de sorgo. Otras labores actualizadas incluyen corte con rastra, surqueo, siembra, aporque, chapeo, abonado, zanjeo, fumigación y micronivelación.

El CNS estableció además disposiciones complementarias: los ayudantes, tractoristas de acarreo y vigilantes de equipos devengarán el salario mínimo del sector privado no sectorizado; los empleadores deberán llevar un registro de horas diarias trabajadas por cada empleado; y quienes ya percibieran un salario superior al nuevo mínimo mantendrán su remuneración actual, conforme al artículo 217 del Código de Trabajo, con posibilidad de mejorarla mediante acuerdo entre las partes.

Olivares Ortega reiteró que esta actualización forma parte de la responsabilidad periódica del CNS de revisar las tarifas mínimas según las condiciones de cada actividad económica. "Seguiremos apostando al diálogo social como vía para mejorar los ingresos de los trabajadores, fortalecer la formalización y mantener un clima laboral favorable para la inversión, la producción y el empleo", concluyó el ministro. La Resolución 11/2026 fue oficialmente emitida el 29 de septiembre de 2026 y aplica a todo el territorio nacional.

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Miguel Ángel Pérez
Sobre el autor

Miguel Ángel Pérez

Editor de Economía

Economista y periodista financiero. Ex analista del Banco Central de la República Dominicana. Especialista en mercados y finanzas internacionales.