TC confirma posición de País Posible como séptima fuerza para 2028
El Tribunal Constitucional confirma a País Posible como séptima fuerza para 2028 al rechazar recurso de JS, PUN y OD contra sentencia del TSE sobre criterio de financiamiento y orden en boleta.
Carmen Rodríguez
Editora en Jefe

El Tribunal Constitucional ratificó la decisión del Tribunal Superior Electoral que mantiene a País Posible como séptima fuerza política para las elecciones de 2028, rechazando el recurso de revisión constitucional presentado por Justicia Social, Partido de Unidad Nacional y Opción Democrática.
La sentencia TC/0746/26 confirma el fallo del TSE del 10 de junio de 2025, que anuló las resoluciones 7-2025 y 8-2025 de la Junta Central Electoral y estableció un nuevo criterio para el ordenamiento de partidos en la boleta electoral y la asignación de financiamiento público.
Según el comunicado de País Posible, el Tribunal Constitucional descartó el argumento de los recurrentes de que el TSE había excedido sus atribuciones al interpretar el artículo 61 de la Ley 33-18, considerando que la decisión se mantuvo dentro del control difuso de constitucionalidad al resolver el caso concreto.
El origen del conflicto se remonta al 19 de marzo de 2025, cuando País Posible impugnó ante el TSE las resoluciones de la JCE que definían el criterio de categorización para financiamiento estatal y orden en la boleta. El partido argumentó que debía considerarse el ciclo electoral completo y la suma de votos válidos en los siete niveles de elección, no solo el resultado de las elecciones de mayo y el nivel más favorable.
El TSE acogió dicha posición el 10 de junio de 2025, estableciendo que la expresión «última elección» en el artículo 61 de la Ley 33-18 debe interpretarse tomando en cuenta el ciclo electoral completo. La JCE ejecutó esta decisión mediante nuevas resoluciones, las cuales fueron objeto del recurso de revisión constitucional ahora descartado.
País Posible mantuvo su defensa durante todas las etapas del proceso, presentando escritos ante el Tribunal Constitucional tanto en respuesta al recurso de revisión como a una solicitud de suspensión de la ejecución de la sentencia promovida por los partidos recurrentes.
La defensa jurídica estuvo a cargo de Bill Joseph Perdomo, Jhonattan Chevalier Jourdain, Naram Jiménez Logroño y Samuel Genao Espinal, según el comunicado de la organización política.
La sentencia confirma los efectos del fallo del TSE respecto a la posición de País Posible en la boleta electoral de 2028 y el criterio aplicado para el financiamiento público, sin alterar los resultados de elecciones anteriores, sino solo los parámetros legales para su categorización.
El caso plantea una discusión relevante sobre el alcance de la interpretación judicial de normas que regulan el sistema de partidos y la distribución del financiamiento estatal, cuestión cuya definición final dependerá del contenido íntegro de la sentencia TC/0746/26 y sus fundamentos, incluidos los votos particulares que la componen.
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Carmen Rodríguez
Editora en Jefe
Periodista con más de 15 años de experiencia en medios dominicanos. Especializada en política y asuntos gubernamentales. Graduada de la Universidad Autónoma de Santo Domingo.
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