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Separación de bienes protege patrimonio individual en divorcio, según abogado dominicano

Abogado explica que separación de bienes en RD protege patrimonio individual y evita que el divorcio se use como mecanismo de despojo patrimonial.

Carmen Rodríguez

Carmen Rodríguez

Editora en Jefe

miércoles, 9 de septiembre de 20262 min de lectura
Separación de bienes protege patrimonio individual en divorcio, según abogado dominicano
Separación de bienes protege patrimonio individual en divorcio, según abogado dominicano

El régimen de separación de bienes en República Dominicana garantiza que cada cónyuge mantenga la propiedad, administración y disposición de sus bienes individuales, tanto los adquiridos antes como durante el matrimonio, según explicó el abogado Víctor Eddy Mateo Vásquez.

Tras sus intervenciones en medios de comunicación sobre divorcio y régimen patrimonial, múltiples dominicanos residentes en Nueva York mostraron interés en profundizar sobre el tema, lo que motivó una entrevista telefónica para ampliar sus explicaciones.

Mateo Vásquez, doctor en Administración, Hacienda y Justicia en el Estado Social por la Universidad de Salamanca y profesor de la Universidad Iberoamericana (UNIBE), fundamentó su postura en los artículos 1387, 1529 y siguientes del Código Civil dominicano, así como en la Ley número 2125 del 27 de septiembre de 1949, que regula la separación de bienes.

Según el jurista, el divorcio no convierte automáticamente los bienes individuales en bienes comunes ni obliga a repartir el patrimonio en partes iguales. Cada persona conserva lo que jurídicamente le pertenece, sin que la ruptura matrimonial altere esa titularidad.

Además, advirtió que donaciones válidamente realizadas entre cónyuges, como joyas, dinero o inmuebles, no pueden ser retiradas unilateralmente tras el divorcio. Para revocar una donación, es necesario acreditar una causa prevista por la ley y someter el caso al control judicial correspondiente.

Incluso situaciones como la infidelidad no provocan, por sí solas, la pérdida automática del patrimonio ni la obligación de devolver regalos hechos durante el matrimonio, subrayó el también politólogo y investigador.

En este sentido, enfatizó que no se debe confundir las causas de la ruptura matrimonial con las reglas del régimen patrimonial elegido. "Una cosa son los motivos que pueden llevar al divorcio y otra, jurídicamente distinta, es determinar quién es el propietario de cada bien", precisó.

La separación de bienes tiene una consecuencia jurídica muy concreta: cada quien conserva lo que legítimamente le pertenece, afirmó Mateo Vásquez, quien actualmente dirige el bufete Mateo Vásquez & Asociados (MAVASQ), ubicado en la Avenida Defilló, casi esquina Gustavo Mejía Ricart, en Santo Domingo.

Para consultas, puede contactarse al correo mavasasociados@gmail.com o al teléfono 809-829-8463.

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Carmen Rodríguez
Sobre el autor

Carmen Rodríguez

Editora en Jefe

Periodista con más de 15 años de experiencia en medios dominicanos. Especializada en política y asuntos gubernamentales. Graduada de la Universidad Autónoma de Santo Domingo.

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