Senado aprueba ley para expropiar bienes culturales desatendidos
El Senado aprueba ley que faculta al Estado para expropiar bienes culturales desatendidos y aumenta sanciones contra su deterioro o uso indebido.
Miguel Ángel Pérez
Editor de Economía
El Senado de la República Dominicana aprobó un nuevo proyecto de ley que busca fortalecer la protección del patrimonio cultural nacional mediante sanciones más severas y la facultad de expropiar bienes desatendidos. La iniciativa, presentada por el senador Santiago Zorrilla de la provincia El Seibo, modifica el régimen actual de protección de artefactos y lugares considerados patrimonio de la nación.
La legislación propone multas entre tres y seis salarios mínimos para quienes no declaren ante el Ministerio de Cultura la posesión de bienes patrimoniales. Asimismo, establece sanciones pecuniarias de 50 a 100 salarios mínimos para quienes, de manera intencional, causen deterioro o destruyan un bien declarado patrimonio cultural, obligándolos además a costear la reparación y restitución del bien dañado.
En caso de exportación no autorizada de bienes patrimoniales, el proyecto fija un resarcimiento de entre 20 y 50 salarios mínimos. Para los patrimonios monumentales, arqueológicos o subacuáticos, se establecen multas de 20 a 40 salarios mínimos para quienes realicen exploraciones, remociones, excavaciones o intervenciones sin aprobación gubernamental.
El proyecto también incluye disposiciones sobre responsabilidad y restitución. Establece que quien sustraiga bienes patrimoniales será considerado responsable de robo y sancionado conforme al Código Penal. Los objetos culturales pertenecientes a otros Estados y encontrados en posesión ilícita en territorio dominicano serán tratados como objetos robados, con cooperación de autoridades para su devolución.
Además, prohíbe colocar objetos, publicidad o construcciones en monumentos nacionales, así como pintar letreros, dibujos, lemas o emblemas sobre bienes patrimoniales, con sanciones de 20 a 40 salarios mínimos por incumplimiento. Respecto al mantenimiento, el Ministerio de Cultura asumirá los gastos de conservación de monumentos nacionales propiedad de particulares, pero no los costos derivados de modificaciones o daños causados por los propios propietarios.
Uno de los artículos más destacados otorga al Estado la facultad de expropiar bienes culturales cuando el propietario demuestre incapacidad para conservarlos en buen estado. El procedimiento requerirá un decreto que ordene la expropiación e incluya un pago basado en una tasación del bien.
Según el senador Zorrilla, la medida responde al creciente riesgo de destrucción del patrimonio debido a la evolución de la vida social y económica, lo que provoca un "empobrecimiento nefasto de la historia del país". Argumenta que es necesario que el Estado refuerce la protección de estos bienes para garantizar su conocimiento por las presentes y futuras generaciones.
La pieza legislativa fue una de las últimas aprobadas antes del cierre de la legislatura ordinaria el 26 de julio. Ahora pendiente de revisión por la Cámara de Diputados, deberá ser aprobada en dos discusiones a partir del 16 de agosto para que su decisión final recaiga en el presidente Luis Abinader, quien tendrá la facultad de promulgarla u observarla.
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Miguel Ángel Pérez
Editor de Economía
Economista y periodista financiero. Ex analista del Banco Central de la República Dominicana. Especialista en mercados y finanzas internacionales.
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