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Senado analiza proyecto que regula distancia de bancas y casinos cerca de escuelas y centros de salud

El Senado analiza un proyecto que establece distancias mínimas de 100 a 500 metros entre bancas, casinos y centros sensibles como escuelas, hospitales e iglesias.

Roberto Martínez

Roberto Martínez

Editor de Tecnología

lunes, 20 de julio de 20263 min de lectura

El Senado de la República Dominicana estudia un proyecto de ley que busca regular la ubicación de establecimientos de juegos de azar, estableciendo distancias mínimas entre bancas, casinos y centros sensibles como escuelas, hospitales y lugares de culto.

La iniciativa, presentada ante el Congreso Nacional, diferencia los tipos de bancas y juegos de apuesta y define requisitos específicos según la categoría del establecimiento. El artículo 60 del proyecto prohíbe la instalación de casas de lotería (bancas tradicionales) a menos de 200 metros lineales de escuelas públicas y colegios privados, estancias infantiles, centros de atención para personas con discapacidad, hospitales, clínicas y otros centros de salud.

Asimismo, estas mismas restricciones aplican a iglesias debidamente incorporadas y a las sedes principales de los tres poderes del Estado (Ejecutivo, Legislativo y Judicial), así como de los órganos de extrapoder. Esta medida se alinea con el decreto 1167-01 del 11 de diciembre de 2001, que ya establecía una distancia mínima de 200 metros entre una casa de lotería y otra.

Para las casas de apuestas deportivas, el artículo 67 eleva la restricción a 500 metros lineales de los mismos establecimientos sensibles: escuelas, colegios privados, centros de discapacidad, hospitales, clínicas, iglesias incorporadas y sedes de los poderes del Estado. Esta norma también se refleja en la Ley 140-02 sobre Bancas de Apuestas al Deporte Profesional, que propone una distancia de 500 metros entre bancas de apuestas deportivas.

En cuanto a los bingos tradicionales y electrónicos, el artículo 80 establece una distancia mínima de 100 metros de clubes deportivos y culturales, hospitales públicos, clínicas, escuelas públicas, colegios privados e iglesias debidamente incorporadas. Además, debe haber al menos 300 metros lineales entre un bingo y otro ya registrado.

El artículo 98 regula los puntos de venta de loterías electrónicas, requiriendo que estén ubicados a un mínimo de 200 metros lineales de escuelas públicas y colegios privados, estancias infantiles, iglesias incorporadas, centros de atención para discapacidad, hospitales, clínicas y otros centros de salud, así como de las sedes principales de los tres poderes del Estado.

El proyecto ha generado rechazo en diversos sectores, que advierten que la medida podría favorecer una proliferación descontrolada de bancas, ya que actualmente hay más de 70 mil establecimientos registrados en el país. Organizaciones como la Red de Ciudadanos Contra la Corrupción han solicitado al presidente de la República que detenga la iniciativa, argumentando que podría aumentar los riesgos sociales asociados al juego.

El debate legislativo continúa en el Senado, donde se evalúa el equilibrio entre la regulación del sector de juegos de azar y la protección de espacios considerados sensibles para la comunidad.

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Roberto Martínez
Sobre el autor

Roberto Martínez

Editor de Tecnología

Ingeniero en sistemas y periodista tecnológico. Fundador de varios blogs de tecnología. Analiza las tendencias digitales que impactan a la República Dominicana.

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