Proyecto de ley busca penalizar el grooming y acoso sexual digital a menores
El Senado dominicano analiza una ley que castiga el acoso sexual digital a menores con multas hasta 200 salarios mínimos y penas de 3-10 años de prisión, además de establecer medidas preventivas.
Ana María Guzmán
Editora de Salud

El Senado de la República Dominicana analiza un proyecto de ley que establece sanciones específicas para el delito de grooming o acoso sexual digital contra menores de edad. La iniciativa, presentada por el senador Aris Yván Lorenzo, busca proteger a niños, niñas y adolescentes de adultos que utilizan redes sociales y medios digitales para fines de explotación sexual.
Definición y alcance del delito
El proyecto define el grooming como el contacto realizado por un adulto hacia un menor con fines sexuales a través de medios telemáticos o informáticos. Se considera configurado el delito cuando se logra obtener material fotográfico o videográfico íntimo del menor, ya sea mediante engaño, suplantación de identidad (haciéndose pasar por otro menor), obtención de contraseñas o hackeo de cuentas.
La normativa también tipifica como grooming la creación de lazos de confianza con el propósito de concertar encuentros sexuales con menores. El texto enfatiza que el sujeto activo debe ser mayor de edad y el pasivo, menor, estableciendo una clara diferenciación en la relación de poder.
Régimen de sanciones propuesto
Las penalidades para quienes cometan este delito serían significativas y se regirían por la Ley de Crímenes y Delitos de Alta Tecnología. El proyecto establece dos tipos principales de sanciones según la gravedad de los hechos:
- Multas económicas que oscilarían entre 5 y 200 salarios mínimos para casos de extorsión a menores
- Penas de prisión de 3 a 10 años para grooming con fines de agresión sexual o abuso psicológico
Estrategias de prevención y responsabilidades
La iniciativa no se limita a establecer castigos, sino que propone un enfoque integral de prevención. Plantea la necesidad de implementar políticas de alfabetización digital para adolescentes, enseñándoles a construir una huella digital segura y comprender los riesgos de compartir información personal.
El proyecto también establece obligaciones específicas para diversos actores sociales:
- Educación sistemática para padres, tutores, educadores y profesionales vinculados a menores
- Implementación de códigos de conducta por parte de proveedores de contenidos y servicios digitales
- Herramientas de control parental efectivas que limiten la navegación de menores dentro de parámetros trazables
"Las medidas establecidas para la prevención y erradicación del grooming deben estar enfocadas en fomentar la educación y la formación sistemática para padres y madres, tutor legal, educadores, profesores, trabajadores sociales y cualquier otro profesional vinculado", señala el texto del proyecto.
Los proveedores de servicios digitales tendrían la obligación de prevenir, atender, sancionar y eliminar contenidos ilícitos e identidades falsas utilizadas para cometer delitos. Esta medida busca crear un entorno digital más seguro y responsable, donde las plataformas asuman un rol activo en la protección de los usuarios más vulnerables.
El proyecto se encuentra ahora en manos de la cámara alta para su discusión y eventual aprobación, representando un esfuerzo legislativo por actualizar el marco jurídico ante los nuevos desafíos que plantean las tecnologías digitales en materia de protección infantil.
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Ana María Guzmán
Editora de Salud
Periodista especializada en salud pública y bienestar. Colaboradora de organizaciones de salud en el Caribe. Máster en Comunicación Científica.
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