Economía

Operadores de máquinas agrícolas recibirán aumento salarial del 25 %

Operadores de máquinas agrícolas recibirán aumento salarial del 25 %, pasando de RD$ 22,000 a RD$ 27,500 mensuales, según Resolución 11/2026 del CNS.

Miguel Ángel Pérez

Miguel Ángel Pérez

Editor de Economía

domingo, 4 de octubre de 20262 min de lectura
Operadores de máquinas agrícolas recibirán aumento salarial del 25 %
Operadores de máquinas agrícolas recibirán aumento salarial del 25 %

El salario mínimo de los operadores de máquinas pesadas en el sector agrícola aumentará un 25 %, pasando de RD$ 22,000 a RD$ 27,500 mensuales, según la Resolución 11/2026 emitida por el Comité Nacional de Salarios (CNS) el 29 de septiembre de 2026. La medida tendrá aplicación en todo el territorio nacional y fue acordada mediante consenso entre representantes de trabajadores y empleadores durante la sesión del CNS del 23 de septiembre.

El ministro de Trabajo, Eddy Olivares Ortega, destacó que el incremento reconoce la labor esencial de estos trabajadores en las actividades agrícolas. Además del aumento salarial, la resolución establece un incremento del 25 % en las tarifas pagadas por diversas tareas realizadas por estos operadores.

Nuevas tarifas por tareas agrícolas

Entre las nuevas tarifas aprobadas figuran: RD$ 116,53 por tarea de fangueo, RD$ 183,63 por nivelación con gredar, RD$ 16,88 por saco en la recolección de arroz y maíz, y RD$ 8,38 por saco en la recolección de sorgo. La disposición también contempla otras labores como corte con rastra, surqueo, siembra, aporque, chapeo, abonado, zanjeo, fumigación, recolección de cultivos y micronivelación.

Los ayudantes, tractoristas de acarreo y vigilantes de equipos recibirán el salario mínimo establecido para los trabajadores del sector privado no sectorizado. Asimismo, los empleadores deberán llevar un registro diario de las horas trabajadas por cada empleado, tal como lo exige la normativa laboral vigente.

El incremento reconoce el trabajo de los operadores de máquinas pesadas en las actividades agrícolas.

La resolución establece que aquellos trabajadores que ya recibían un salario superior al nuevo mínimo deberán conservar ese monto, conforme al artículo 217 del Código de Trabajo, sin perjuicio de que las partes acuerden un aumento adicional. El CNS realiza estas revisiones periódicamente para actualizar los salarios y tarifas mínimas según las condiciones de cada actividad económica.

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Miguel Ángel Pérez
Sobre el autor

Miguel Ángel Pérez

Editor de Economía

Economista y periodista financiero. Ex analista del Banco Central de la República Dominicana. Especialista en mercados y finanzas internacionales.