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Nuevo Código Penal dominicano y su alcance para periodistas en el exterior

El nuevo Código Penal dominicano no implica persecución automática a periodistas en el exterior; su aplicación dependerá de competencia judicial y tratados internacionales.

Roberto Martínez

Roberto Martínez

Editor de Tecnología

martes, 28 de julio de 20263 min de lectura

El jurisconsulto dominicano Víctor Eddy Mateo Vásquez, Ph.D., explicó que la entrada en vigor de la Ley 74-25, prevista para el 3 de agosto, que instituye el nuevo Código Penal dominicano, abre un debate importante sobre el alcance de las disposiciones relativas a difamación e injuria para periodistas y comunicadores que trabajan desde el extranjero.

Aunque algunos interpretan que la nueva legislación permitiría perseguir penalmente a cualquiera que publique contenidos sobre República Dominicana desde otro país, Mateo Vásquez señaló que la realidad jurídica es más compleja y dependerá de varios factores, como las reglas de competencia, el lugar donde ocurrieron los hechos, dónde se produjo el presunto daño y los mecanismos de cooperación judicial internacional.

El doctor en Administración, Hacienda y Justicia en el Estado Social por la Universidad de Salamanca, España, y profesor en la Universidad UNIBE, remarcó que por el hecho de que un periodista resida o transmita desde el exterior no significa que quede automáticamente sometido a la jurisdicción penal dominicana, ni tampoco completamente fuera de ella.

Si una publicación produce efectos directos en territorio dominicano o afecta derechos legalmente protegidos, podrían surgir controversias sobre la competencia de los tribunales dominicanos, siempre respetando las garantías de la Constitución dominicana, el derecho internacional y la legislación vigente en el país donde reside el comunicador.

Una posible persecución no depende únicamente de lo que establezca el Código Penal Dominicano. La posibilidad de citar, juzgar o ejecutar una condena estará condicionada por tratados internacionales, acuerdos de asistencia jurídica entre Estados y, en muchos casos, por las garantías constitucionales del país donde reside el comunicador, sobre todo cuando están en juego derechos fundamentales como la libertad de expresión y de prensa.

En consecuencia, más que una amenaza automática, la entrada en vigor de la Ley abre un nuevo escenario de discusión jurídica sobre el equilibrio entre la protección del honor y la libertad de información en un contexto digital donde las publicaciones trascienden fronteras.

Será la interpretación de los tribunales y, cuando corresponda, la cooperación con otras jurisdicciones la que defina el verdadero alcance práctico de estas disposiciones.

El desafío principal para periodistas dentro o fuera del país sigue siendo el mismo: informar con apego a la verdad, verificar adecuadamente los hechos y actuar con la diligencia profesional que exige el ejercicio responsable de la libertad de expresión.

Mateo Vásquez afirmó que el nuevo Código Penal no elimina esas garantías, pero sí refuerza la necesidad de que el debate público se mantenga dentro de un marco de responsabilidad, respeto a los derechos de terceros y observancia del debido proceso.

El jurisconsulto investiga en Derecho Administrativo, Empresarial, Tributario, Laboral, Propiedad Intelectual y Derecho de la Competencia. Es autor de varias obras, fue subdirector de la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI) y asesor del Poder Ejecutivo.

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Roberto Martínez
Sobre el autor

Roberto Martínez

Editor de Tecnología

Ingeniero en sistemas y periodista tecnológico. Fundador de varios blogs de tecnología. Analiza las tendencias digitales que impactan a la República Dominicana.

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