Política

Napoleón Estévez: Defender el debido proceso no es sinónimo de impunidad

Napoleón Estévez, presidente del TC, afirmó que defender el debido proceso no significa proteger la impunidad, sino garantizar la Constitución y la dignidad humana.

Carmen Rodríguez

Carmen Rodríguez

Editora en Jefe

domingo, 27 de septiembre de 20263 min de lectura
Napoleón Estévez: Defender el debido proceso no es sinónimo de impunidad
Napoleón Estévez: Defender el debido proceso no es sinónimo de impunidad

Napoleón Estévez, presidente del Tribunal Constitucional (TC), afirmó durante la apertura del VI Congreso Internacional sobre Derecho y Justicia Constitucional que defender el debido proceso no significa proteger la impunidad, sino garantizar el respeto a la Constitución, la dignidad humana y el sentido mismo de la justicia.

El evento, realizado en el Hotel Jaragua durante tres días de la pasada semana, reunió a más de 30 expertos nacionales y 17 internacionales provenientes de Alemania, Estados Unidos, España, Costa Rica, Puerto Rico, Argentina, Colombia y Perú. Esta edición estuvo dedicada al "Debido proceso constitucional en materia penal", considerado un pilar esencial del Estado de derecho.

Durante su intervención, Estévez recalcó que la persecución del delito, la seguridad ciudadana y la eficacia de la justicia no pueden lograrse sacrificando las garantías constitucionales. Asimismo, llamó a enfrentar desafíos como la mora judicial, el populismo penal, la criminalidad organizada, los delitos informáticos y el uso de la inteligencia artificial.

El magistrado citó al jurista italiano Luigi Ferrajoli para recordar que las garantías constitucionales constituyen límites y condiciones al poder punitivo del Estado. Explicó que, en el ordenamiento jurídico dominicano, estos principios están consagrados en el artículo 69 de la Constitución, que establece la tutela judicial efectiva y el debido proceso, y en el artículo 40, que protege la libertad y la seguridad personal, exigiendo que la privación de libertad sea excepcional, esté sometida a estricto control judicial y responda a criterios de proporcionalidad.

"Garantizar el debido proceso no es promover la impunidad, sino limitar el poder del Estado y proteger la dignidad humana", subrayó Estévez.

Destacó que 2024 fue un año determinante para la jurisprudencia constitucional en materia procesal penal, resaltando sentencias relacionadas con el recurso de revisión contra decisiones de hábeas corpus, los límites del Ministerio Público respecto de la reserva de la carpeta fiscal, la notificación obligatoria de las sentencias al defensor del imputado y la presencia del abogado en las actividades probatorias.

Estas decisiones influyeron directamente en la reforma integral del Código Procesal Penal, modificada mediante la Ley 97-25, aprobada en diciembre de 2024 tras la exhortación del Tribunal Constitucional en su sentencia TC/0765/24. La reforma incorporó precedentes clave del TC para frenar vicios como la mora judicial y las arbitrariedades en la privación de libertad.

Estévez calificó este proceso como una muestra de "justicia dialógica" entre el Congreso Nacional y la Alta Corte, y enfatizó que el debido proceso protege tanto los derechos del imputado como los de las víctimas y de la sociedad.

Asimismo, rindió un homenaje póstumo al jurista alemán Robert Alexy, cuya enseñanza sobre el ejercicio del poder jurídico —que exige razones capaces de justificar las decisiones y hacerlas compatibles con los derechos fundamentales— fue destacada como esencial para fortalecer el Estado de derecho.

Concluyó reiterando que el respeto al debido proceso constituye una garantía esencial para preservar la dignidad humana y asegurar que la persecución penal se desarrolle dentro de los límites establecidos por la Constitución.

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Carmen Rodríguez
Sobre el autor

Carmen Rodríguez

Editora en Jefe

Periodista con más de 15 años de experiencia en medios dominicanos. Especializada en política y asuntos gubernamentales. Graduada de la Universidad Autónoma de Santo Domingo.