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Ministerio Público apela sentencia que otorgó perdón judicial a Wander Franco

El Ministerio Público apeló la sentencia que declaró responsable a Wander Franco por abuso sexual y psicológico pero le otorgó perdón judicial, solicitando su revocación por incoherencia legal.

Isabella Santos

Isabella Santos

Corresponsal de Deportes

martes, 21 de julio de 20263 min de lectura

El Ministerio Público interpuso recurso de apelación contra la sentencia que declaró penalmente responsable a Wander Samuel Franco Aybar por abuso sexual y psicológico en perjuicio de una adolescente, pero que simultáneamente le otorgó un perdón judicial eximiéndolo de pena.

El recurso fue presentado de forma parcial contra la Sentencia Penal núm. 272-02-2026-SSEN-00149, emitida por el Tribunal Colegiado Ad Hoc del Distrito Judicial de Puerto Plata, integrado por los jueces José Ramón Núñez (presidente), Jenny Amarilis Martínez y Praire Ruiz. Estos magistrados fueron designados para conocer el nuevo juicio ordenado en diciembre de 2025 por la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Puerto Plata.

Según el comunicado de prensa del Ministerio Público, las decisiones judiciales deben mantener coherencia con los hechos probados, la calificación jurídica establecida y el marco legal aplicable. Los representantes del órgano acusador señalaron que la lucha contra la explotación de menores y el lavado de activos exige respuestas compatibles con los principios de legalidad y justicia.

En su recurso, el Ministerio Público solicita a la Corte de Apelación revocar la decisión que eximió de pena a Franco, luego de que la sentencia estableciera su responsabilidad penal por violación a los artículos 396, literales b y c, del Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 136-03), relativas al abuso sexual y abuso psicológico en perjuicio de una menor de edad.

"El Ministerio Público sostiene que la aplicación del perdón judicial a favor de Wander Samuel Franco Aybar constituye una interpretación errónea y extensiva de una figura jurídica concebida por el legislador para circunstancias excepcionales que no concurren en el presente caso."

Los fiscales argumentan que, al establecerse la responsabilidad penal del acusado por abuso sexual y abuso psicológico, la exención total de pena resulta incompatible con la naturaleza, gravedad y trascendencia social de los hechos juzgados. A su juicio, la decisión se aparta de los presupuestos legales que regulan el perdón judicial, debilita los fines de prevención y sanción del derecho penal y envía un mensaje contrario a la protección reforzada que el ordenamiento jurídico dominicano reconoce a los niños, niñas y adolescentes.

La apelación fue presentada por la Procuraduría Especializada Antilavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo y la Fiscalía de Puerto Plata, representadas por los magistrados Ramona Nova Cabrera, Kelmi Ricardo Duncan Torres, Claudio Alberto Cordero Jiménez, José Martínez Montán y Olga Diná. Estos sostienen que la decisión impugnada incurre en una incorrecta aplicación de la ley, vulnera principios fundamentales del proceso penal y resulta incompatible con la gravedad de los hechos acreditados por el propio tribunal.

El proceso tuvo su origen en una investigación que derivó en acusaciones por hechos vinculados a abuso sexual, abuso psicológico y explotación de una persona menor de edad, así como operaciones relacionadas con lavado de activos. En el mismo fallo, se condenó a la madre de la adolescente a cumplir 10 años de prisión en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Rafey Mujeres, de Santiago, por explotación sexual comercial y lavado de activos, decisión que no fue recurrida.

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Sobre el autor

Isabella Santos

Corresponsal de Deportes

Apasionada del deporte dominicano. Cubre béisbol de Grandes Ligas, baloncesto y eventos deportivos nacionales. Comunicadora social de PUCMM.

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