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Juez rechaza hábeas corpus al mayor Girón Jiménez en caso Coral

Juez rechaza hábeas corpus al mayor Girón Jiménez en caso Coral; tribunal evaluará solicitud de cese de arresto domiciliario este miércoles.

Ana María Guzmán

Ana María Guzmán

Editora de Salud

lunes, 10 de agosto de 20262 min de lectura

El juez Franny González, de la Cuarta Sala Penal del Distrito Nacional, rechazó un recurso de hábeas corpus presentado por el mayor del Ejército Raúl Alejandro Girón Jiménez, quien buscaba que se levantara el arresto domiciliario que aún pesa en su contra dentro del proceso conocido como caso Coral.

El magistrado consideró que existe otra vía legal mediante la cual el oficial puede solicitar el levantamiento de la medida de coerción, por lo que decidió acoger el pedimento del fiscal Jonathan Pérez Furcal, de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), quien había solicitado el rechazo del recurso.

Para este miércoles, el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, que previamente condenó a Girón Jiménez a cinco años de prisión cumplida, tiene pautado conocer una solicitud de cese de medida de coerción presentada por la defensa del militar.

Es relevante destacar que, tras llegar a un acuerdo con el Ministerio Público, Girón Jiménez reveló supuestamente los mecanismos mediante los cuales otros militares y policías acusados en el caso Coral habrían participado en una presunta estafa al Estado dominicano por un monto superior a RD$4,500 millones.

Además, el Primer Tribunal Colegiado tiene previsto para el 23 de septiembre a las 2:00 p.m. la lectura íntegra de la sentencia en el proceso seguido contra Adán Cáceres Silvestre y Juan Carlos Torres Robiou, entre otros sentenciados por corrupción y lavado de activos.

El tribunal, presidido por la magistrada Gisell Méndez, busca concluir adecuadamente la redacción y revisión de la decisión motivada, tras considerar la complejidad del caso y la amplitud del debate durante el juicio oral, que se extendió por aproximadamente 658 días calendario.

A partir de la lectura o notificación de la sentencia comenzará a correr el plazo para que los procesados, si así lo entiendan, puedan interponer recurso de apelación contra la decisión judicial.

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Ana María Guzmán
Sobre el autor

Ana María Guzmán

Editora de Salud

Periodista especializada en salud pública y bienestar. Colaboradora de organizaciones de salud en el Caribe. Máster en Comunicación Científica.

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