JCE suspende prohibición de publicar encuestas electorales fuera de campaña
La JCE suspende la prohibición de publicar encuestas electorales fuera de campaña hasta que el Tribunal Constitucional defina su constitucionalidad.
Carmen Rodríguez
Editora en Jefe

La Junta Central Electoral (JCE) suspendió provisionalmente la norma que impedía publicar encuestas electorales fuera de los períodos de precampaña y campaña, medida que permanecerá vigente hasta que el Tribunal Constitucional se pronuncie sobre su constitucionalidad.
La decisión, adoptada con un voto cerrado de tres a favor y dos en contra, responde a un conflicto jurídico iniciado por acciones legales contra el artículo 13 del reglamento que regula las encuestas de opinión con fines electorales. Ese artículo prohibía la difusión pública de sondeos antes del primer domingo de julio del año anterior a las elecciones, aunque permitía su realización interna por partidos y candidatos.
El Tribunal Superior Electoral (TSE) se declaró incompetente para resolver la controversia, considerando que el asunto corresponde al control constitucional, por lo que el tema fue remitido al Tribunal Constitucional. Ante la falta de una definición judicial definitiva, la JCE optó por suspender los efectos de la norma para garantizar la seguridad jurídica.
Mientras dure la suspensión, las encuestas electorales podrán difundirse libremente, incluso si fueron contratadas para uso interno, sin que las empresas encuestadoras ni los contratantes enfrenten sanciones administrativas como la suspensión o cancelación de su registro, previstas en el reglamento original.
La medida tiene especial relevancia en el contexto electoral, ya que permite que aspirantes, partidos y candidaturas —especialmente aquellos que buscan la nominación presidencial de los principales partidos— divulguen mediciones de intención de voto con antelación, algo que antes estaba restringido.
Los miembros disidentes del pleno, Hirayda Marcelle Fernández Guzmán y Rafael Armando Vallejo Santelises, cuestionaron tanto la competencia del órgano para adoptar la medida como el mecanismo utilizado, argumentando que se afecta una norma de alcance general sin el debido proceso.
La suspensión es temporal y quedará sin efecto si el Tribunal Constitucional falla en contra de la posición de la JCE o si se establece una nueva regulación. Hasta entonces, el escenario de difusión de encuestas electorales queda modificado respecto a lo que regía anteriormente.
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Carmen Rodríguez
Editora en Jefe
Periodista con más de 15 años de experiencia en medios dominicanos. Especializada en política y asuntos gubernamentales. Graduada de la Universidad Autónoma de Santo Domingo.
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