Excepciones a prohibición de armas benefician a seguridad privada
República Dominicana mantiene excepciones a la prohibición de importación de armas que benefician exclusivamente a empresas de seguridad privada, mientras persiste el contrabando según expertos del sector.
Isabella Santos
Corresponsal de Deportes

República Dominicana ha implementado excepciones específicas a la prohibición de importación de armas de fuego vigente desde 2006, beneficiando principalmente al sector de seguridad privada mediante decretos gubernamentales emitidos en los últimos dos años.
Marco regulatorio y excepciones
El Decreto 309-06 estableció en julio de 2006 la prohibición general para la importación de armas de fuego, municiones y accesorios de uso civil, con el objetivo de controlar la proliferación de armamento y reducir la violencia en el país. Sin embargo, esta medida ha experimentado ajustes puntuales para atender las necesidades del sector de seguridad privada.
En febrero de 2023, el Poder Ejecutivo emitió el Decreto 30-23, que derogó temporalmente por seis meses las restricciones del 309-06, permitiendo exclusivamente a empresas de seguridad privada registradas ante el Ministerio de Interior y Policía importar armas de fuego de uso civil y sus municiones.
Implementación y controles
El Ministerio de Interior y Policía estableció mediante la Resolución Núm. MIP-RR-0001-2023 que solo las empresas de vigilancia y seguridad privada podrían beneficiarse de esta apertura. Las armas adquiridas no serían transferibles, excepto entre empresas del mismo sector por causas justificadas como cese de operaciones.
Los calibres autorizados incluyeron pistolas 9 milímetros, .38, .380 y escopetas calibre 12, todas consideradas armas de uso civil. Cada solicitud debía presentarse por escrito con justificación de la cantidad requerida, manteniendo el control bajo la Dirección de Comercialización de Armas y Municiones del MIP.
Ampliación reciente a municiones
En mayo de 2025, el Decreto 175-25 autorizó temporalmente la importación de municiones para armas de uso civil, ampliando el alcance a polígonos de tiro y empresas de seguridad privada. La Resolución MIP-RR-0002-2025 reguló este proceso, estableciendo beneficiarios específicos como Bossyp Global Investment, ERM Solutions, Impacto, Inversiones Emvesa, M&R Tacticals, Peralta & Co, Germán Armas y Central Romana Ltd.
La resolución implementó un riguroso sistema de marcaje obligatorio en cartuchos y empaques, requiriendo información del fabricante, calibre, año de fabricación, número de lote y las siglas "RD" para garantizar trazabilidad y evitar desvío al mercado ilegal.
Impacto en el mercado y críticas
Estas excepciones han permitido una renovación limitada del parque de armas de las compañías de seguridad privada, pero no han modificado la situación de particulares y armerías, que siguen impedidos de importar y vender armamento nuevo.
"La prohibición ha generado un efecto contrario: ha estimulado el contrabando y la entrada de armas por vías irregulares", afirmó Edrisis Eulalio Peralta Ramírez, presidente de la Asociación Dominicana de Importadores y Vendedores de Armas de Fuego.
Peralta explicó que en las armerías solo existen remanentes del mercado y armas usadas que se revenden entre particulares con transferencias legales, destacando que la cantidad de decomisos realizados por Aduanas cada año evidencia el crecimiento del contrabando.
Los decretos establecen claramente que, concluidos los plazos de seis meses, volverá a estar prohibida la importación de municiones para el comercio con particulares, manteniéndose vigente la restricción general impuesta desde 2006.
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Isabella Santos
Corresponsal de Deportes
Apasionada del deporte dominicano. Cubre béisbol de Grandes Ligas, baloncesto y eventos deportivos nacionales. Comunicadora social de PUCMM.
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