Excepciones permiten importar armas para seguridad privada en RD
República Dominicana mantiene excepciones temporales que permiten a empresas de seguridad privada importar armas y municiones, mientras persiste la prohibición general vigente desde 2006.
Carmen Rodríguez
Editora en Jefe

República Dominicana ha establecido excepciones temporales a la prohibición de importación de armas de fuego vigente desde 2006, permitiendo específicamente a empresas de seguridad privada acceder a armamento moderno y municiones nuevas. Estas medidas excepcionales han creado brechas reguladas mientras persiste la restricción general para particulares y armerías.
Marco regulatorio de las excepciones
El Decreto 309-06, emitido el 24 de julio de 2006, estableció la prohibición general de importación de armas de fuego, municiones y accesorios para uso civil con el objetivo de controlar la proliferación de armamento y reducir la violencia. Sin embargo, esta medida ha sido objeto de ajustes puntuales para atender las necesidades del sector de seguridad privada.
En febrero de 2023, el Poder Ejecutivo emitió el Decreto 30-23, que derogó temporalmente por seis meses la restricción del 309-06, permitiendo la importación de armas de fuego de uso civil exclusivamente para empresas de seguridad privada registradas ante el Ministerio de Interior y Policía (MIP).
Implementación y controles
El Ministerio de Interior y Policía estableció controles estrictos mediante la Resolución Núm. MIP-RR-0001-2023, que determinó que solo las empresas de vigilancia y seguridad privada podían beneficiarse de esta apertura. Las armas adquiridas no serían transferibles, excepto entre empresas del mismo sector por causas justificadas.
Entre los calibres autorizados se incluyeron pistolas 9 milímetros, .38, .380 y escopetas calibre 12. Toda solicitud debía acompañarse de una justificación sobre la cantidad requerida, colocando el control en manos del MIP a través de su Dirección de Comercialización de Armas y Municiones.
Ampliación a municiones
En mayo de 2025, el Decreto 175-25 autorizó temporalmente la importación de municiones para armas de uso civil, ampliando el alcance a polígonos de tiro y empresas de seguridad privada. La Resolución MIP-RR-0002-2025 definió con claridad los beneficiarios y estableció un riguroso sistema de marcaje obligatorio.
Las empresas autorizadas incluyen:
- Bossyp Global Investment
- ERM Solutions
- Impacto
- Inversiones Emvesa
- M&R Tacticals
- Peralta & Co
- Germán Armas
- Central Romana Ltd
El artículo 4 de la resolución establece que la cantidad de municiones a importar será determinada según el tipo y número de armas registradas por cada empresa beneficiaria. Además, ordena marcaje con información del fabricante, calibre, año de fabricación, número de lote y las siglas "RD" para garantizar trazabilidad.
Impacto en el mercado y contrabando
En la práctica, los decretos excepcionales han permitido una leve renovación del parque de armas de las compañías de seguridad privada, pero no han modificado la situación general de particulares y armerías, que siguen impedidos de importar y vender armamento nuevo.
"La prohibición en sí ha provocado un efecto contrario: ha estimulado el contrabando y la entrada de armas por vías irregulares, como lo evidencia la cantidad de decomisos que realiza Aduanas cada año", afirmó Edrisis Eulalio Peralta Ramírez, presidente de la Asociación Dominicana de Importadores y Vendedores de Armas de Fuego (ADIVAF).
Peralta explicó que en las armerías no hay mercancía nueva, solo remanentes del mercado y armas usadas que se revenden entre particulares con las debidas transferencias legales. El documento prohíbe expresamente la conformación de consorcios entre importadores y reafirma que, concluido el plazo de seis meses, volverá a estar prohibida la importación de municiones para el comercio con particulares.
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Carmen Rodríguez
Editora en Jefe
Periodista con más de 15 años de experiencia en medios dominicanos. Especializada en política y asuntos gubernamentales. Graduada de la Universidad Autónoma de Santo Domingo.
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