Enero 2025 lidera nacimientos en RD con 18,085 registros según JCE
La Junta Central Electoral reporta que enero de 2025 fue el mes con más nacimientos en RD (18,085). Del total anual de 189,585 registros, el 50.63% fueron varones. Abril tuvo la cifra más baja.
José Luis Cabrera
Corresponsal Internacional

La Junta Central Electoral (JCE) de la República Dominicana reportó que enero del año 2025 fue el mes con mayor cantidad de nacimientos registrados en el país, con un total de 18,085 inscripciones. Los datos oficiales revelan que durante todo el año pasado se asentaron 189,585 nacimientos, de los cuales 50.63% correspondieron a varones y 49.37% a mujeres.
Distribución Mensual de Nacimientos
La estadística mensual presentada por la JCE muestra una marcada variación a lo largo del año. Tras enero, los meses de septiembre (17,722 registros) y octubre (16,852) ocuparon el segundo y tercer lugar, respectivamente. Julio y agosto completaron los cinco primeros puestos con 16,308 y 16,247 nacimientos registrados.
En el extremo opuesto, abril fue el mes con la cifra más baja de inscripciones, con apenas 14,373 nacimientos asentados. El orden completo de los meses, de mayor a menor cantidad de registros, es el siguiente:
- Enero: 18,085
- Septiembre: 17,722
- Octubre: 16,852
- Julio: 16,308
- Agosto: 16,247
- Marzo: 15,444
- Noviembre: 15,341
- Febrero: 15,299
- Diciembre: 14,665
- Junio: 14,610
- Mayo: 14,549
- Abril: 14,373
Proceso y Plazos de Registro
Para facilitar la declaración oportuna, la JCE mantiene unidades de registro en las principales maternidades del país. Este sistema busca evitar la declaración tardía, un proceso que se vuelve más complejo, especialmente si la persona alcanza la mayoría de edad.
El marco legal que rige estos trámites es la Ley Orgánica de los Actos del Estado Civil, núm. 4-23. Su artículo 74 establece un plazo de 180 días para registrar un nacimiento, contados desde la fecha del alumbramiento. Este registro puede realizarse en la Oficialía del Estado Civil del lugar del nacimiento, de la residencia o domicilio de uno de los padres, o ante el delegado correspondiente si el nacimiento ocurrió en un centro asistencial.
Esta normativa representa un cambio significativo respecto a la anterior Ley 659 del año 1944, la cual establecía plazos más cortos: 60 días para zonas urbanas y 90 días para zonas rurales. La ampliación del plazo a 180 días aplica para nacimientos ocurridos en el país cuando uno o ambos progenitores sean dominicanos.
Los datos también confirman que el primer mes del año 2025 registró la mayor cantidad de matrimonios, aunque la JCE no ha proporcionado las cifras detalladas de este ítem en el reporte general de estadísticas vitales.
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José Luis Cabrera
Corresponsal Internacional
Periodista con experiencia en coberturas internacionales. Ex corresponsal en Washington D.C. y Nueva York para medios latinoamericanos.
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