Defensa de Jean Alain Rodríguez pide extinción del proceso por supuestas dilaciones del Ministerio Público
La defensa de Jean Alain Rodríguez pide extinguir su proceso penal por supuestas dilaciones del Ministerio Público, alegando vencimiento del plazo legal de cuatro años.
Miguel Ángel Pérez
Editor de Economía
La defensa del exprocurador general Jean Alain Rodríguez solicitó al Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional que declare extinguida la acción penal en su caso, argumentando que el proceso ha superado el plazo legal de cuatro años establecido por la legislación dominicana.
Según los abogados, el plazo comenzó a contabilizarse el 25 de noviembre de 2020, fecha en la que se ejecutó un impedimento de salida contra Rodríguez sin una orden judicial, lo que, según su versión, marcó el inicio formal del proceso penal. Desde entonces, aseguran que las principales demoras han sido atribuibles al Ministerio Público.
La solicitud será nuevamente expuesta el lunes 27 de julio a las 9:00 de la mañana, en una audiencia a la que ha sido invitada la prensa. Entre los argumentos presentados, la defensa señala que la entrega defectuosa de un disco duro con las pruebas del expediente provocó más de un año de demora, ya que el dispositivo presentó fallas y tuvo que ser corregido en tres ocasiones por orden del tribunal.
Además, afirman que la lectura de una acusación de más de 12,000 páginas tomó cerca de seis meses, y que más de 50 solicitudes de documentos no fueron respondidas por el Ministerio Público. También cuestionan la tardía entrega de pruebas de descargo, pese a decisiones judiciales que ordenaban su suministro.
La defensa sostiene que actuaciones del órgano acusador incidieron en la recusación y apartamiento de jueces, así como en una solicitud para unificar expedientes que, según ellos, contradijo una petición previa del propio Ministerio Público para separar los casos. Estas situaciones, aseguran, generaron más de un año adicional de retrasos.
Los abogados citan decisiones previas de dos tribunales que ya habían establecido que las dilaciones registradas en el proceso son atribuibles al Ministerio Público y no a la defensa. Como respaldo, presentaron estadísticas del Poder Judicial que indican que, entre 2014 y 2025, los tribunales dominicanos acogieron 22,645 solicitudes de extinción de la acción penal, mientras que 2,769 fueron rechazadas o declaradas inadmisibles.
Invocan además la Ley 97-25, que, según su interpretación, limita las circunstancias excepcionales para extender el plazo de cuatro años a casos de fuga, rebeldía o dilaciones declaradas mediante resolución motivada al momento de producirse — situaciones que aseguran no se presentan en el caso de Rodríguez.
Finalmente, argumentan que la jurisprudencia reciente del Tribunal Constitucional ha reafirmado el principio del plazo razonable en los procesos penales y que los cuatro años que Rodríguez permaneció privado de libertad deben considerarse al evaluar si procede la extinción de la acción penal.
El tribunal deberá determinar si el tiempo transcurrido y las demoras señaladas son suficientes para poner fin al proceso por vencimiento del plazo legal. Hasta que se pronuncie, las afirmaciones sobre las causas y responsabilidades por las dilaciones forman parte de la posición planteada por la defensa.
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Miguel Ángel Pérez
Editor de Economía
Economista y periodista financiero. Ex analista del Banco Central de la República Dominicana. Especialista en mercados y finanzas internacionales.
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