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Decreto 714-26 establece nuevo marco para compras tecnológicas estatales en RD

El Decreto 714-26 establece un nuevo marco para compras tecnológicas estatales, priorizando reutilización, interoperabilidad y soberanía digital para evitar gastos duplicados y dependencia de proveedores externos.

Roberto Martínez

Roberto Martínez

Editor de Tecnología

martes, 13 de octubre de 20262 min de lectura
Decreto 714-26 establece nuevo marco para compras tecnológicas estatales en RD
Decreto 714-26 establece nuevo marco para compras tecnológicas estatales en RD

El Poder Ejecutivo emitió el Decreto 714-26, una normativa que establece un nuevo marco de regulación y seguimiento para las compras de sistemas, plataformas informáticas y soluciones tecnológicas realizadas por los ministerios y direcciones del Estado dominicano. La medida busca abordar un problema recurrente en la administración pública: la adquisición aislada de software y licencias que genera duplicidad de gastos, falta de comunicación entre sistemas y dependencia contractual de proveedores privados.

El decreto fija criterios técnicos para catalogar una adquisición digital como "estratégica" y establece un filtro previo antes de que los organismos públicos inicien licitaciones en el área tecnológica. Entre los puntos clave, las instituciones deberán verificar si el software o infraestructura que necesitan ya existe o fue desarrollada previamente por otra entidad estatal, reduciendo la compra repetida de programas similares.

Se busca frenar la "dependencia tecnológica injustificada", una práctica en la que los sistemas estatales quedan atados a formatos cerrados de proveedores externos que dificultan la migración de datos o el cambio de suplidor. Para ello, se establece el control de la propiedad de los datos y su portabilidad como principio rector.

Se crea una Comisión de Seguimiento técnica integrada por el Ministerio de Administración Pública (MAP), el Ministerio de la Presidencia, el Ministerio de Hacienda y Economía, la OGTIC y el Centro Nacional de Ciberseguridad. Esta instancia revisará la viabilidad técnica, interoperabilidad y ciberseguridad de las iniciativas tecnológicas antes de su aprobación.

El decreto aclara que no modifica la Ley 47-25 de Contrataciones Públicas ni sustituye el rol supervisor de la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP). Los comités de compras institucionales siguen siendo los responsables legales de ejecutar las licitaciones, pero deberán contar con la alineación técnica previa de la Comisión de Seguimiento.

Entre los conceptos técnicos incorporados formalmente están la interoperabilidad —definida como la capacidad obligatoria de que las bases de datos de diferentes instituciones se consulten e intercambien información de forma estandarizada y segura— y la soberanía digital, que delimita la información confidencial de los ciudadanos para garantizar que permanezca bajo control directo del Estado.

Además, se establece el Registro de Inversiones Digitales, un inventario centralizado que llevarán el MAP y la OGTIC de las plataformas desarrolladas y adquiridas, sujeto a las reglas de transparencia y acceso a la información pública.

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Sobre el autor

Roberto Martínez

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Ingeniero en sistemas y periodista tecnológico. Fundador de varios blogs de tecnología. Analiza las tendencias digitales que impactan a la República Dominicana.

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