Política

Constitución protege a diputados: ¿Fue legal el esposamiento de Millys Martínez?

La Constitución protege a diputados de detenciones arbitrarias durante la legislatura. El esposamiento de Millys Martínez en Elías Piña desencadena debate sobre límites de la inmunidad parlamentaria y accionar policial.

Carmen Rodríguez

Carmen Rodríguez

Editora en Jefe

lunes, 12 de octubre de 20263 min de lectura
Constitución protege a diputados: ¿Fue legal el esposamiento de Millys Martínez?
Constitución protege a diputados: ¿Fue legal el esposamiento de Millys Martínez?

La Constitución dominicana establece inmunidad parlamentaria para proteger la función legislativa frente a posibles arbitrariedades de las autoridades, según el artículo 86 de la Carta Magna. Esta disposición garantiza que ningún diputado o senador pueda ser privado de su libertad durante la legislatura sin autorización de su cámara, salvo en caso de flagrancia delictiva.

El incidente que puso en debate esta protección ocurrió el domingo 11 de octubre en Comendador, provincia Elías Piña, durante las celebraciones patronales. Según reportes, agentes de la Policía Nacional intervenieron en una estación de combustible tras un altercado relacionado con el volumen de la música, intentando apresar a un joven.

La diputada Millys Johanna Martínez Morillo del PRM intervino para evitar el apresamiento del ciudadano, lo que generó un enfrentamiento verbal y un tumulto. Imágenes divulgadas en redes sociales muestran a varios agentes rodeando a la congresista y colocándole esposas, mientras ciudadanos reclamaban su liberación y advertían sobre su condición de legisladora.

La Policía Nacional negó un arresto formal, pese a las imágenes que muestran el uso de esposas, y dispuso una investigación dirigida por el inspector general Martín Tapia Sánchez, instruida por el director general Ernesto Rodríguez García. La institución sostiene que no hubo privación de libertad, aunque reconoce el procedimiento para esclarecer las circunstancias.

El presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, condenó el acto y recordó las garantías constitucionales. En una publicación en X, identificó al coronel De León como el oficial involucrado y afirmó que la diputada fue esposada durante un intento de arresto, invocando el artículo 86 para exigir respeto a las disposiciones legales.

Según el artículo 86 de la Constitución: "Ningún senador o diputado podrá ser privado de su libertad durante la legislatura, sin la autorización de la cámara a que pertenezca, salvo el caso de que sea aprehendido en el momento de la comisión de un crimen". Esta protección no es absoluta, pero establece un procedimiento especial para salvaguardar la independencia del Poder Legislativo.

El uso de esposas puede constituir restricción de la libertad ambulatoria, incluso sin traslado a un destacamento, dependiendo de las circunstancias. La Constitución permite que la cámara correspondiente exija la liberación del legislador mediante iniciativa de sus integrantes, con posible intervención del procurador general y auxilio de la fuerza pública.

Estas disposiciones no eximen a los congresistas de responsabilidad penal, pero establecen un filtro constitucional para evitar interferencias arbitrarias en el ejercicio de sus funciones, asegurando que cualquier proceso judicial siga los canales establecidos por la ley.

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Carmen Rodríguez
Sobre el autor

Carmen Rodríguez

Editora en Jefe

Periodista con más de 15 años de experiencia en medios dominicanos. Especializada en política y asuntos gubernamentales. Graduada de la Universidad Autónoma de Santo Domingo.

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