CNSS simplifica requisitos para solicitar subsidio por enfermedad común
El CNSS aprobó una resolución que simplifica los requisitos para solicitar el subsidio por enfermedad común, aceptando indistintamente el sello del médico o de la prestadora de salud en el certificado médico.
Ana María Guzmán
Editora de Salud

El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) aprobó una modificación a la normativa del Subsidio por Enfermedad Común con el objetivo de flexibilizar y agilizar el proceso de solicitud para los trabajadores afiliados al Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS). La medida, formalizada mediante la Resolución No. 641-04, busca reducir barreras administrativas y garantizar un acceso más oportuno al beneficio cuando una enfermedad común impide temporalmente el desempeño laboral.
Entre los cambios más relevantes, se amplió el criterio de validación de los certificados médicos, simplificando los requisitos necesarios para tramitar el subsidio. Ahora, el documento deberá incluir información esencial como el nombre y cédula del afiliado, el diagnóstico principal, la modalidad y días de incapacidad, la fecha de inicio de la licencia, así como el nombre, firma, número de exequátur y sello del médico tratante o de la prestadora de servicios de salud donde se recibió la atención.
Una de las modificaciones clave incorpora un nuevo párrafo al artículo 9 de la normativa, estableciendo que el certificado médico será considerado válido indistintamente si contiene el sello del médico tratante o el de la institución de salud donde se brindó la atención. Esta disposición elimina la exigencia previa de doble validación y agiliza el trámite para los afiliados, especialmente en zonas donde el acceso a ciertos sellos institucionales puede ser limitado.
El CNSS destacó que esta actualización forma parte de su compromiso con el fortalecimiento progresivo del SDSS, promoviendo procedimientos más ágiles, eficientes y accesibles. La revisión de la normativa responde a la necesidad de garantizar que los derechos consagrados en la Ley No. 87-01 sobre Seguridad Social se ejerzan de manera oportuna y sin trabas innecesarias para los trabajadores formales del país.
Con esta medida, se espera que un mayor número de afiliados pueda acceder al subsidio por enfermedad común de forma más rápida, particularmente en situaciones de incapacidades leves o moderadas que requieran reposo temporal pero no hospitalización. El organismo reiteró su disposición de continuar revisando y adaptando las normas del sistema para mejorar la experiencia de los usuarios y la efectividad de la protección social en la República Dominicana.
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Ana María Guzmán
Editora de Salud
Periodista especializada en salud pública y bienestar. Colaboradora de organizaciones de salud en el Caribe. Máster en Comunicación Científica.
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