Caribe mantiene pena de muerte sin aplicarla; Líbano la abolye y RD endurece penas
Caribe mantiene pena de muerte sin aplicarla; Líbano la abolye y RD endurece penas hasta 60 años por crímenes graves.
José Luis Cabrera
Corresponsal Internacional

El Caribe conserva la pena de muerte en sus legislaciones, aunque ningún país de la región realizó ejecuciones durante 2025, según datos de Amnistía Internacional. Mientras tanto, Líbano se convirtió en el primer país de Oriente Medio en abolir formalmente la pena capital, y República Dominicana endureció sus sanciones penales pese a tener prohibida constitucionalmente la pena de muerte.
Varios Estados caribeños mantienen vigente la pena de muerte para delitos comunes, entre ellos Antigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice, Cuba, Dominica, Guyana, Jamaica, San Cristóbal y Nieves, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas y Trinidad y Tobago. Granada también la conserva en su legislación, aunque se considera abolicionista en la práctica.
Trinidad y Tobago sobresale en el panorama regional: al finalizar 2025 mantenía 38 personas condenadas a muerte y fue el único país caribeño donde se registraron nuevas sentencias de muerte ese año. Granada y San Vicente y las Granadinas tenían una persona cada una bajo sentencia de muerte.
Otros Estados caribeños terminaron 2025 sin personas condenadas a muerte, pese a conservar la pena capital en sus códigos. Este fue el caso de Antigua y Barbuda, Bahamas, Belice, Cuba, Dominica, Jamaica, San Cristóbal y Nieves y Santa Lucía. La región acumula un prolongado período sin aplicar el castigo máximo, ya que la última ejecución en el Caribe ocurrió en San Cristóbal y Nieves en 2008.
Líbano abolió formalmente la pena de muerte esta semana, tras más de dos décadas sin ejecuciones (la última fue en 2004). Su Parlamento aprobó la eliminación de ese castigo de su legislación, pasando de una abolición de hecho a una establecida por ley. El ministro de Justicia libanés, Adel Nassar, calificó la decisión de "histórica". La nueva legislación establece que los delitos cometidos antes de su entrada en vigor que antes eran castigados con muerte serán sancionados con cadena perpetua.
La decisión de Líbano resulta particularmente significativa en un contexto regional donde la pena capital sigue teniendo fuerte presencia. El país abre una diferencia jurídica con otros Estados de Oriente Medio que mantienen y, en algunos casos, aplican regularmente la pena de muerte.
República Dominicana, por su parte, mantiene la protección constitucional de la vida, ya que su Carta Magna prohíbe expresamente la pena de muerte y establece la inviolabilidad del derecho a la vida. Su nuevo Código Penal no modifica ese principio, pero endurece significativamente las sanciones penales. La reforma eleva la duración de las penas de prisión hasta 40 años para determinadas infracciones muy graves, y permite que la acumulación de condenas lleve el tiempo efectivo de privación de libertad hasta un máximo de 60 años, conforme a las reglas del concurso de infracciones.
El nuevo Código Penal dominicano sustituye uno que databa de 1884 e incorpora conductas delictivas previamente no contempladas, como feminicidio, sicariato, ciberacoso, violencia económica, desaparición forzada, autosecuestro, instigación al suicidio, genocidio y crímenes de lesa humanidad, además de nuevas modalidades vinculadas al uso de tecnologías y inteligencia artificial.
Estas tres realidades reflejan distintas respuestas del Estado frente a los delitos más graves: una parte del Caribe conserva la posibilidad legal de imponer la muerte como castigo sin aplicarla en la práctica; Líbano decidió eliminar definitivamente esa distancia entre legislación y realidad; y República Dominicana optó por fortalecer su sistema penal mediante penas privativas de libertad más extensas, sin tocar la prohibición constitucional de la pena capital.
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José Luis Cabrera
Corresponsal Internacional
Periodista con experiencia en coberturas internacionales. Ex corresponsal en Washington D.C. y Nueva York para medios latinoamericanos.
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