Política

Cámara de Diputados aprueba reformas al Código Penal sobre libertad de expresión y delitos digitales

La Cámara de Diputados aprobó reformas al Código Penal que actualizan normas sobre acoso cibernético, difusión ilícita de contenido íntimo y difamación, con salvedades para la libertad de expresión y el ejercicio periodístico.

Carmen Rodríguez

Carmen Rodríguez

Editora en Jefe

martes, 21 de julio de 20263 min de lectura

La Cámara de Diputados aprobó en dos lecturas consecutivas modificaciones a la Ley 74-25 del Código Penal, actualizando varios artículos relacionados con la libertad de expresión, el acoso cibernético, la difamación y la difusión ilícita de contenido íntimo. Las reformas buscan equilibrar la protección de derechos individuales con el ejercicio legítimo de la libertad de prensa y el escrutinio social.

El artículo 123 fue modificado para definir y sancionar el acoso o hostigamiento cibernético, estableciendo que quien, mediante cualquier medio digital o electrónico, comparta información amenazante, obscena, insultante o intimidatoria con el propósito de humillar, degradar o aislar a una persona, será sancionado con dos a cinco años de prisión y multa equivalente a 9 a 15 salarios mínimos. Sin embargo, se establece una excepción explícita para el ejercicio legítimo de la libertad de expresión.

El párrafo del artículo 123 aclara que no constituye acoso cibernético la difusión de información, opiniones, críticas, reportajes, sátiras o investigaciones realizadas por periodistas, medios de comunicación o ciudadanos en el ejercicio de su derecho a la información, siempre que el contenido se refiera a asuntos de interés público, tenga sustento en hechos verificables y se dirija a funcionarios estatales o temas de relevancia social.

El artículo 192 sanciona la difusión ilícita de contenido íntimo o reservado sin consentimiento, cuando dicha acción afecte gravemente la intimidad, dignidad o vida privada de una persona. La pena establecida es de quince días a un año de prisión menor y multa de uno a dos salarios mínimos del sector público. Se agrava cuando se trata de imágenes falsas o alteradas (deepfakes) que dañan el honor o la reputación, con penas de dos a cinco años de prisión menor y multa de nueve a quince salarios mínimos.

En circunstancias agravantes, el artículo 192 establece penas más severas: de cinco a diez años de prisión mayor y multa de diez a veinte salarios mínimos cuando el contenido es de carácter íntimo o sexual, se realiza con fines de chantaje, extorsión, venganza o aprovechamiento económico, la víctima es menor, adulto mayor, mujer embarazada o persona con discapacidad, o existe una relación de autoridad, confianza o poder entre el agresor y la víctima.

Los artículos 208 y 209 abordan la difamación y la difamación extorsiva. El artículo 208 establece que la imputación falsa de un hecho que afecte el honor, buen nombre o dignidad de una persona será sancionada con uno a dos años de prisión menor y multa de tres a seis salarios mínimos. El artículo 209, por su parte, sanciona con cinco a diez años de prisión mayor y multa de diez a veinte salarios mínimos a quien use la amenaza de difamación para obtener un beneficio o coaccionar a la víctima.

El párrafo II del artículo 209 aumenta la pena a diez años de prisión mayor y multa de veinte a treinta salarios mínimos cuando la difamación extorsiva es cometida por dos o más personas, independientemente de que formen parte de una asociación ilícita.

Finalmente, el artículo 211 establece excepciones a la aplicación de las normas sobre difamación e injuria, eximiendo de responsabilidad penal los discursos pronunciados en las cámaras legislativas, así como los informes, memorias y documentos oficiales emitidos por los poderes Legislativo, Ejecutivo, Judicial o el Tribunal Constitucional, siempre que se produzcan en el ejercicio de sus funciones institucionales.

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Carmen Rodríguez
Sobre el autor

Carmen Rodríguez

Editora en Jefe

Periodista con más de 15 años de experiencia en medios dominicanos. Especializada en política y asuntos gubernamentales. Graduada de la Universidad Autónoma de Santo Domingo.

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