Política

Cámara de Diputados aprueba 32 modificaciones al nuevo Código Penal en primera discusión

La Cámara de Diputados aprobó 32 modificaciones al nuevo Código Penal en primera discusión, con cambios en hostigamiento, difamación y malversación de fondos públicos, sin apoyo opositor.

Carmen Rodríguez

Carmen Rodríguez

Editora en Jefe

domingo, 19 de julio de 20264 min de lectura

La Cámara de Diputados aprobó este sábado en primera discusión 32 modificaciones al proyecto de ley que ajusta el nuevo Código Penal de la República Dominicana, cuya entrada en vigencia está prevista para principios de agosto de 2026. La iniciativa fue tratada en una sesión extraordinaria tras el informe de la Comisión Bicameral, presidida por el diputado Wandy Batista, quien rindió cuenta de las propuestas de modificación presentadas por diversos sectores.

De los 32 artículos modificados, 24 fueron incorporados en comisión y 8 durante los debates en el pleno. Entre los cambios más destacados se encuentran los artículos 8, 11, 121, 122, 123 y 124, relacionados con la responsabilidad penal de las personas jurídicas, su extensión y distintos tipos de hostigamiento, incluyendo el cibernético y la violencia doméstica o intrafamiliar.

También fueron aprobadas modificaciones a los artículos 141 (plazo de prescripción), 144 (acoso agravado), 176 y 177 (proxenetismo y proxenetismo agravado), 192 (difusión ilícita de contenido íntimo o reservado), 207 (perjurio), 208 y 209 (difamación y difamación extorsiva), 211 (actos no considerados difamatorios), 214 y 215 (abandono de menores), 248 (bancarrota simple), 269 (violación de propiedad), 303 (malversación de fondos públicos), 310 (ultraje en el ámbito jurisdiccional) y 354 (certificación falsa de estado de salud).

En materia de difamación, se redujo la pena respecto al texto original y se precisaron los actos que no deben considerarse injuriosos, incluyendo opiniones vinculadas al escrutinio social y periodístico cuando estén sustentadas. Asimismo, el término “ultraje” fue reformulado como “ultraje en el ámbito jurisdiccional”, limitando su aplicación a ofensas contra jueces o fiscales durante procesos judiciales.

El aumento más significativo de pena se establece en el artículo 303, sobre malversación de fondos públicos, cuya sanción pasa a ser de cinco a diez años de prisión mayor. En cuanto a la responsabilidad penal de las personas jurídicas, se aclaró que una empresa podrá ser perseguida cuando se demuestre que toleró o se benefició de un acto ilícito cometido por sus empleados, con una entrada en vigencia posterior para permitir su adaptación.

En el ámbito del hostigamiento, se sustituyó el uso del término anglosajón “bullying” por una formulación en español. Las penas oscilan entre 15 días y un año, pero pueden aumentar hasta 10 años cuando el hostigamiento conduzca al suicidio de la víctima. Se incorporaron también ajustes en violencia doméstica, acoso agravado, difusión ilícita de contenido íntimo y abandono de menores.

La aprobación no contó con el apoyo de las bancadas opositoras. Diputados de la Fuerza del Pueblo y del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) votaron en contra, cuestionando tanto el ritmo del proceso como el contenido del proyecto. La Fuerza del Pueblo presentó un informe disidente que fue rechazado por 104 votos contra 18, argumentando falta de tiempo para analizar las propuestas de abogados, universidades y organizaciones de la sociedad civil.

Desde el PLD, el rechazo estuvo vinculado a la exclusión de las tres causales para despenalizar el aborto en circunstancias excepcionales. Durante la sesión fue descartada una propuesta del diputado Pedro Martínez de Alianza País que buscaba permitir la interrupción del embarazo cuando la vida de la madre corre peligro, el embarazo resulta de una violación o el feto es incompatible con la vida.

Tras la aprobación, el presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, convocó a una segunda discusión para el lunes a las 2:00 de la tarde. Si se aprueba en esa etapa, el proyecto pasará al Senado de la República para su conocimiento antes de completar el trámite legislativo.

La Ley 74-25, promulgada en agosto de 2025, sustituyó al antiguo Código Penal vigente desde 1884 y actualmente está siendo ajustada mediante este proceso de modificaciones.

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Carmen Rodríguez
Sobre el autor

Carmen Rodríguez

Editora en Jefe

Periodista con más de 15 años de experiencia en medios dominicanos. Especializada en política y asuntos gubernamentales. Graduada de la Universidad Autónoma de Santo Domingo.

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