Academia de Ciencias y UASD exigen transparencia sobre uso privado de áreas protegidas
Academia de Ciencias y UASD piden al Ministerio de Medio Ambiente explicar uso privado de Valle Nuevo, Cabo Samaná e Isla Catalina, alegando posible conflicto con Ley 202-04 y Constitución.
Isabella Santos
Corresponsal de Deportes

La Academia de Ciencias de la República Dominicana y la Comisión Ambiental de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD) han expresado su preocupación por lo que consideran una creciente apertura de áreas protegidas a proyectos de inversión privada, y han solicitado al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales que explique públicamente las actuaciones relacionadas con Valle Nuevo, Cabo Samaná y Isla Catalina.
Según las entidades, algunas de las iniciativas señaladas podrían entrar en conflicto con la Constitución y la Ley 202-04 sobre Áreas Protegidas, por lo que pidieron conocer los criterios, procedimientos y condiciones bajo los cuales se han promovido o autorizado esas intervenciones en estos territorios de alto valor ecológico.
Valle Nuevo: administración privada de instalaciones públicas
En el caso de Valle Nuevo, las organizaciones ambientales ponen el foco en la administración privada de instalaciones de uso público construidas con recursos estatales. Denuncian que no se ha ofrecido información suficiente sobre el proceso mediante el cual esas facilidades pasaron a ser gestionadas por un operador privado, lo que limita la posibilidad de fiscalización ciudadana.
Cabo Samaná: plan de manejo y zonificación cuestionada
En el Monumento Natural Cabo Samaná, la preocupación se centra en el plan de manejo recientemente aprobado o puesto en discusión, que, según las entidades, permitiría determinadas construcciones e infraestructuras privadas con fines comerciales dentro de la zona núcleo.
Además, cuestionan la zonificación propuesta para el área de amortiguamiento, alegando que podría contradecir la Resolución 0010/2018 del Ministerio de Medio Ambiente, que establece los usos permitidos en ese espacio y que, según su posición, continúa vigente.
Isla Catalina: anuncio de transformación turística privada
El tercer caso corresponde al Monumento Natural Isla Catalina, donde las organizaciones aseguran que se ha anunciado una transformación del espacio para incorporar instalaciones hoteleras y otras facilidades turísticas mediante inversión privada.
Afirman que no conocen públicamente los detalles técnicos y jurídicos de la intervención y cuestionan que la información haya trascendido cuando, según su versión, el proyecto se encontraría en una fase avanzada, lo que dificulta la participación y fiscalización pública antes de que las decisiones sean ejecutadas.
Las organizaciones fundamentan sus objeciones en el artículo 16 de la Constitución y en la Ley 202-04, que regula el Sistema Nacional de Áreas Protegidas. El argumento central es que estos espacios forman parte del patrimonio natural de la nación y están sujetos a un régimen jurídico especial.
También recuerdan que el artículo 3 de la Ley 202-04 establece restricciones a la transferencia en propiedad a particulares de terrenos pertenecientes a áreas protegidas, aunque aclaran que no toda participación privada en la administración, prestación de servicios o desarrollo de actividades dentro de un área protegida implica necesariamente una transferencia de propiedad.
La legalidad de cada caso dependerá de la naturaleza de la autorización, el régimen de uso aplicable, las condiciones establecidas y el cumplimiento de la normativa ambiental, lo que resulta relevante para diferenciar entre una eventual concesión o administración de servicios y una transferencia de dominio sobre terrenos protegidos.
Ante los tres casos, las entidades solicitaron al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales que explique de manera detallada qué actuaciones se han realizado en Valle Nuevo, Cabo Samaná e Isla Catalina. La petición incluye información sobre los criterios utilizados, los procedimientos administrativos, las condiciones de las autorizaciones y la naturaleza jurídica de los acuerdos que pudieran involucrar a inversionistas o gestores privados.
Sostienen que la protección de estos espacios debe prevalecer sobre cualquier proyecto que pueda comprometer sus valores ambientales y que las decisiones deben ajustarse al marco constitucional y legal.
El conflicto planteado se sitúa en una discusión más amplia sobre cómo conciliar la conservación de ecosistemas con actividades económicas y turísticas dentro de espacios bajo protección estatal, enfatizando que la existencia de inversión privada no determina por sí sola una violación del régimen de áreas protegidas, sino que el aspecto decisivo es si las actividades autorizadas son compatibles con la categoría de manejo correspondiente, el plan de manejo vigente, la legislación ambiental y las obligaciones de conservación.
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Isabella Santos
Corresponsal de Deportes
Apasionada del deporte dominicano. Cubre béisbol de Grandes Ligas, baloncesto y eventos deportivos nacionales. Comunicadora social de PUCMM.
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