Seguridad

241 personas permanecen desaparecidas en RD según datos oficiales

241 personas permanecen desaparecidas en RD según DICRIM; Ley Alerta RD busca reducir tiempo de respuesta a menos de 24 horas tras denuncia.

Carmen Rodríguez

Carmen Rodríguez

Editora en Jefe

domingo, 30 de agosto de 20262 min de lectura
241 personas permanecen desaparecidas en RD según datos oficiales
241 personas permanecen desaparecidas en RD según datos oficiales

Un total de 241 personas continúan desaparecidas en República Dominicana, según los datos oficiales divulgados por la Dirección Central de Investigación (DICRIM) de la Policía Nacional hasta julio de 2026. Esta cifra representa los casos pendientes de resolución tras más de ocho años de registros oficiales.

Desde 2018 hasta julio de 2026, se han reportado 4.171 desapariciones a nivel nacional. De este total, 3.398 personas fueron localizadas con vida y 532 fueron encontradas fallecidas, dejando 241 casos aún abiertos y bajo investigación activa.

Casos emblemáticos que han generado preocupación social

Entre los casos que han llamado la atención pública se encuentran los de Roldany Calderón, de 3 años, desaparecido el 30 de marzo de 2025 en Manabao, provincia La Vega; Brianna Genao, también de 3 años, desaparecida el 31 de diciembre de 2025 en Barrero, municipio de Imbert, provincia Puerto Plata; y Sudiksha Konanki, estudiante india de 20 años de la Universidad de Pittsburgh, última vez vista el 6 de marzo de 2025 en Punta Cana.

Implementación de la Ley Alerta RD para agilizar búsquedas

Con la promulgación de la Ley 25-26, Alerta RD en junio de 2026, las autoridades buscan reducir los tiempos de respuesta en casos de desaparición. La norma establece que la búsqueda debe iniciarse en menos de 24 horas tras la denuncia, eliminando el requisito previo de esperar un día completo para actuar.

La ley crea un mecanismo nacional de alertas inmediatas para la localización, asistencia y resguardo de personas desaparecidas, garantizando el acceso a la información para los familiares y prohibiendo cualquier inactividad cuando exista peligro inminente para los derechos fundamentales de la persona buscada.

Además, la legislación exige que los organismos involucrados actúen con celeridad, debida diligencia y respeto a los derechos humanos, evitando trámites burocráticos innecesarios y asegurando la confidencialidad de los datos durante las investigaciones, especialmente en casos de personas en situación de vulnerabilidad.

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Carmen Rodríguez
Sobre el autor

Carmen Rodríguez

Editora en Jefe

Periodista con más de 15 años de experiencia en medios dominicanos. Especializada en política y asuntos gubernamentales. Graduada de la Universidad Autónoma de Santo Domingo.

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